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  • RECURSO ADMINISTRATIVO CON IOMA

  • Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
 #319750  por silvia Hugo
 
Mi clienta abono de su propio peculio una costosa operacion ya que IOMA no la autorizaba, ahora quiere recuperar el dinero ya que tiene pruebas que IOMA abono intervenciones realizadas por el mismo facultativo,cabe un recurso administrativo? ella pide un recurso de amparo, preo creo que no procede en estos casos. Por favor me dan sus opiniones?
 #330871  por sergiocian
 
Si la operación ya fue realizada no se dan los presupuestos del amparo, para empezar no hay peligro en la demora. No procediendo el amparo entiendo que debería agotarse la vía administrativa antes de la demanda.
 #331114  por silvia Hugo
 
Gracias Sergio!!! asi pienso yo tambien, otra que un recurso administrativo no cabe aqui. Estoy muy agradecida por tu ayuda!!! buena semana !!
 #331651  por SlightReturn
 
IOMA es un organismo de la Administración Pública?
Pregunto, porque aquí se habla de agotar la vía administrativa... :oops:
 #331697  por SlightReturn
 
averiguá si IOMA es un ente público no estatal o algo parecido
me parece que si no, estamos hablando incorrectamente de 'recurso administrativo' o 'agotamiento de la vía'
 #331757  por SlightReturn
 
Correcto! :lol:

Ley Pcial. 6982

ARTICULO 10°: Las resoluciones del Directorio son irrecurribles en cuanto al mérito
del acto. Cuando se cuestione su legitimidad se podrá interponer recurso, que
deberá ser fundado ante el Poder Ejecutivo, dentro de los diez (10) días hábiles, el
que interpuesto no suspenderá la ejecutoriedad del acto
 #331779  por silvia Hugo
 
buenisimo entiendo que debo interponer ecurso administrativo? 0peron ya pasaron mas de diez dias pasaron mesessssssssss pero nunca ha tenido la negativa sino solo se ha dilatado en el tiempo la desicion de IOMA, gracias por tu ayuda
 #331785  por SlightReturn
 
hubo negativa del organismo expresada por acto administrativo?

si no, hay que plantear la solicitud de tu cliente y esperar que se expidan
 #335512  por sergiocian
 
El procedimiento se rige por la ley 6747 de Procedimientos Administrativos: 1- pronto despacho, 2 Recurso de revocatoria - 3 Demanda Contencioso Administravo o bien 1- Pronto despacho, esperas 30 días hábiles y podes optar por a)- Amparo por mora o b) El silencio se interpreta como negativa e inicias Demanda. Aclaración: Por ser un organismo Autarquico el rechazo de la revocatoria por el Directorio de IOMA habilita la via judicial. Saludos
 #335688  por silvia Hugo
 
Mil gracias!!! me viene de perlas vuestra ayuda, es la primera vez que hago esto. Ahora me pongo a redactar el Recurso. de nuevo mi agradecimiento!!!