Estimados Colegas:
Según el CPPN la incomunicación policial no puede prolongarse más de 10 hs. salvo autorización judicial. Algún colega podría comentarme algo al respecto de lo que sucede en la práctica y que pasa cuando se extiende durante más horas? Desde cuándo se empiezan a contar?
Según el CPPN la incomunicación policial no puede prolongarse más de 10 hs. salvo autorización judicial. Algún colega podría comentarme algo al respecto de lo que sucede en la práctica y que pasa cuando se extiende durante más horas? Desde cuándo se empiezan a contar?