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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #321807  por zeul
 
Hola, Me llamo Diego y queria consultarles si me podrian asesorar para poner a mi cargo a mi señora en la obra social IOMA. El problema es que no estoy casado con ella pero estamos en pareja desde hace 7 años y conviviendo desde hace 3 años y medio; primero alquilando y ahora en la casa de los padres de ella. Por lo que pude averiguar en IOMA, ya que la atencion deja mucho que desear, me piden un negativo de ANSES, el cual ya lo tengo y un certificado de convivencia con 2 testigos. Esto ultimo no se como se tramita y cuales son los requisitos y si tengo que presentar alguna documentacion mas para este tramite. Los 2 somos de Villa Elisa cerca de la ciudad de La Plata. Muchas gracias de antemano.
 #321865  por poorlaw
 
Hola Diego:

En este hilo hay una experiencia posteada por eugenia781: viewtopic.php?f=1&t=51240&p=295367#p295367

Y en el siguiente enlace: http://www.ioma.gba.gov.ar/afil_obligatorios.php encontré este párrafo:
- Información sumaria testimonial producida con no más de tres meses de antelación a la presentación:
Deben presentarse el/la titular y su concubino/a, junto a dos testigos, para realizar la declaración de convivencia.
En Capital Federal, deberán acercarse al Registro Civil, teniendo que abonar $10, estipulados por el Gobierno de la Ciudad.
En las Cabeceras de Departamentos Judiciales, debe concurrir al Tribunal Civil y Comercial, mientras que en el resto de la Provincia, lo harán al Juzgado de Paz. En ambos casos el trámite es gratuito.
Los afiliados voluntarios deben además cumplir con los requisitos establecidos para el régimen de la Afiliación Voluntaria.
Saludos.
 #322557  por sergiocian
 
Lo que te piden es una Información Sumaria Testimonial (No certificado de convivencia). Eso se hace en el Edificio de Tribunales, 13 e/ 47 y 48 . Entras por calle 13 y preguntas en informes. Llevas DNI y dos testigos.
El problema que veo es que la ley te exige 5 años de convivencia. Con tres y medio no llegas. Salvo que tengan hijos, entonces son solo dos años.
 #322918  por zeul
 
Muchisimas gracias por responder. Ahora me quedó mucho mas claro y gracias por pasarme la direccion en la plata. Saludos!!!!
 #323260  por oanndrea
 
Hola: en pcia, el certificado de convivencia se tramita en el registro civil. Pedis turno, el dia q te indiquen concurris (con DNI) con 2 testigos de la concivencia.... te extienden el certificado y LISTO!... Luego de esto , seguis el procedieminto que te indique tu O.S, es obligatorio q agreguen a tu grupo familiar!. Si hay algun inconveniente con esto, dirigite a superintendencia de salud para denunciar el hecho. Suerte.