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  • Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
 #323934  por oracebal
 
Hola, soy un nuevo miembro del foro y abogado recien recibido. Acudo a ustedes en busca de ayuda; Necesito saber si los apremios municipales por deudas de patente se sustancian por el codigo fiscal de la provincia respectiva y si antes de iniciar el juicio de apremios se debe intimar al deudar fehacientemente. Agradeceria de sobremanera me ayuden!!! MUCHAS GRACIAS. Oscar
 #325710  por Advocatus
 
Cada Provincia tiene su ordanamiento fiscal y la vía procesal es como un titulo ejecutivo.
 #325724  por veris
 
hola, si el codigo fiscal de la provincia y ante la justicia de la provincia por lo cual va a regir el Codigo procesal civil y comercial de la provincia. Y no es necesario intimar antes, a veces lo hacen a fin de no necesitar iniciar el juicio.
 #325738  por Advocatus
 
Correcto lo señalado por Veris. que había obviado yo anteriormente.
 #325761  por amdg
 
HOLA, TE PUEDO RESPONDER EN EL CASO ESPECIFICO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, LAS DEUDAS DE CARACTER FISCAL SEAN MUNICIPALES O PROVINCIALES SE COBRAN A TRAVES DEL JUICIO DE APREMIO LEY 9122.
 #325766  por amdg
 
ME OLVIDABA LA JUSTICIA COMPETENTE ES LA JUSTICIA DE PAZ EN AQUELLOS DISTRITOS QUE NO TIENEN JUSTICIA CIVIL O COMERCIAL Y SI HAY SE OCUPA EL FUERO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
 #338033  por palominus
 
Para apremios la normativa aplicable es la ley 13406 que modifica el atniguo decreto ley 9122, y se aplica subsidiaramente el Cod procesal Civil.
 #338034  por palominus
 
ah me olvidada respecto a deudas de patentes depende la antiguedad del automotor, hay modelos en la cuales la pronvincia de buenos aires les cedio el credito a las municipalidades