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  • Convenio alimentos, tenencia, visitas, sin divorcio

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #324103  por Colorada09
 
Hola colegas. Me vino a ver un cliente, y posteriormente trajo a su cónyuge, con la que se separo de hecho recientemente. Aun no tienen intenciones de resolver su estado, pero si respecto de los 2 hijos menores de edad. Uno de ellos quedo con el padre, y el otro se fue con la madre. La madre tenia idea de mudarse a 900 km de distancia, con una nueva pareja aparentemente, y llevarse a un hijo, que estaria de acuerdo. el otro a su vez, quiere quedarse con el padre. el tema, es que puede ser que arriben a un acuerdo, y evitar someter la cuestion a decisión judicial, pero tengo ciertas dudas, ya que de acordar, vendran al estudio para que instrumente el acuerdo, que luego se homologaría.
-es posible que homologuen un acuerdo en que los hermanos quedan separados, uno con la madre y otro con el padre?
-con respecto a los alimentos, y de ser que efectivamente puedan quedar separados, no se compensaría la obligación alimentaria de los padres por la manutención uno de cada uno? las edades son muy cercanas, por lo que se podría hablar de gastos muy similares.
-el acuerdo, lo firmarian solo las partes, y luego para la homologación judicial, por criterio del departamento zonal, debe ir con patrocinio doble. es correcto entonces que el acuerdo lo redacte yo, y lo firmen solo las partes? o desde el mismo tiene que tener patrocinio letrado doble?
necesito una mano....Muchas gracias!
 #324356  por SVUM
 
MIRA NO SE DE Q ZONA ESTAS HABLANDO PERO CONSIDERO Q SI ES UNA CUERDO DE PARTES EL JUEZ LO VA A HOMOLOGAR. COMO DECIS, RESPECTO LA CUOTA ALIMENTARIA SE ESTARIA COMPENSANDO, COSA Q PODES INCLUIR EN EL ACUERDO. CON RESPECTO AL CONVENIO YO LO REDACTARIA Y SE LO HARIA FIRMAR SOLO A LAS PARTES Y DESPUES INICIAS LA HOMOLOGACION CON TU CLIENTE O CON AMBOS, TOTAL IGUALMENTE LOS VAN A CITAR A LOS A RATIFICAR LAS FIRMAS DEL CONVENIO, ESO ES INIDISTINTO Y NO ES NECESARIO SEA PATROCINIO DOBLE. YO TENGO UN CASO ASI Y ME PRESENTE CON AMBOS CONYUGES.
ESPERO HABERTE AYUDADO
CUALQUIER DUDA, A TU DISPOSICION
CARIÑOS
SABRINA
 #324799  por Colorada09
 
Hola Sabrina, muchas gracias por tu respuesta. en cuanto al fondo en si del acuerdo, si el juez no lo homologa, tendran que reconsiderarlo.... en cuanto a la faz practica, entonces hago el convenio que firmen solo las partes. Alli paso los honorarios a mi cliente. -esto porque no puedo hacerle un combo, ya que dudo que tengan interes de homologarlo enseguida, pese a mis sugerencias e información relativa a la carencia de ejecutabilidad.

Lo que comentaba de doble patrocinio, es el criterio propio del juzgado de familia (pcia de buenos aires) que acaba de abrirse en nuestro depto. Lo escuche de boca de la nueva jueza, por lo que no queda otra. en el mismo escrito solicitando homologación entonces, se presentan ambas partes, con su patrocinio. Luego de esto regularán honorarios. Alli, estoy a la regulación.

Muchas gracias! y cualquier sugerencia sobre los primeros puntos, relativos a la tenencia separada de los 2 hermanos y los alimentos, escucho agradecida
saludos!!!
 #325154  por docthos
 
hola una pregunta cto pasan para redactar el convenio?? me propusieron redactar uno pero por el momento lo hacen certificar por escribano porque no quieren acudir a la justicia, ya les explique todo lo referido a la homologacion pero tomaron esa decision, lo mio seria solamente la redaccion
 #325354  por sergiocian
 
Hola Colorada09: Respecto a la homologación no veo porque exigen doble patrocinio si no hay cuestión contradictoria entre las partes. Pero si es el criterio de la nueva Jueza, conviene seguir la sugerencia de Sabrina y lo presentas patrocinando a una sola de las partes, en la redacción podes poner una clausula que diga algo asi: "cualquiera de las partes lo podrá presentar el presente convenio para su homologaciòn.....". En cuanto al tema de si será aprobado, no veo el inconveniente, (si se resguarda el derecho de visita). Podrías consultar el criterio en la asesoría de incapaces que tiene que dictaminar respecto al interés de los menores. En relación a los honorarios, por lo que decís, te diría que lo desdobles y cobres por redactar el convenio y el tramite judicial aparte. Saludos.