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  • PAGO EN NEGRO. CORRESPONDE DIFERENCIAS SALARIALES??

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
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 #325657  por Carlos II
 
Hola gente: Tengo una duda y quisiera saber sus opiniones. Mi cliente cobraba $ 1100 en blanco y $ 2.000 en negro. El salario basico de convenio al tiempo del distracto es de $ 1800. Podría reclamar las diferencias salariales o creen que en realidad no hay tales diferencias, sino que simplemente las cobraba en negro??? Espero sus opiniones. Saludos!!!
 #325661  por angelqueguia
 
De poder las puede. Pero corre el riesgo que lo llaven a absolver posiciones. En este caso que hará tu cliente???? Me imagino que la intención es no metir verdad???. Entonces no necesita reclamarla porque ya le fueron abonadas.
Carlos II escribió:Hola gente: Tengo una duda y quisiera saber sus opiniones. Mi cliente cobraba $ 1100 en blanco y $ 2.000 en negro. El salario basico de convenio al tiempo del distracto es de $ 1800. Podría reclamar las diferencias salariales o creen que en realidad no hay tales diferencias, sino que simplemente las cobraba en negro??? Espero sus opiniones. Saludos!!!
 #325693  por GU
 
No hay diferencias salariales, hay defectos de registracion. Para ello, reclamaras por la via correspondiente (25323 o 24013).

Las diferencias salariales son ni mas ni menos que la diferencia entre lo percibido y lo devengado. El hecho de que parte de la remuneracion se pague en negro, no se vincula con las diferencias salariales, salvo cuando el importe pagado es menor a lo devengado. Si el importe abonado en negro es mayor al basico, no hay diferencias, solo hay un defecto de registracion (con sus consecuencias). Cuando el importe abonado es menor, se debe la diferencia con lo devengado.

O sea, no podes reclamarlo.

Saludos!
 #325782  por Carlos II
 
Ok, gracias por sus comentarios. En realidad voy iniciar el reclamo por despido y la registracion defectuosa por la 25.323 ya que fue despedido sin haber intimado antes. Pero me quedaba la duda de las diferencias salariales ya que encontre un fallito donde segun interpreto podrian reclamarse, se los dejo:

La empleadora que desconoció la existencia de pagos "en negro" no puede luego pretender que se los considere para valorar compensadas las diferencias salariales que se la condena a pagar. Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala II • 31/08/1993 • Díaz, Ricardo A. c. Transporte Sur-Nor C. I. S. A. • DT 1994-A, 40

Saludos!
 #325946  por angelqueguia
 
Bueno, si la empleadora "desconoce" el pago en negro despúes obviamente no puede ir contra los actos propios. Quizás, siguiendo este fallo, puede servir como estrategia para que en juicio la demandada no niegue el pago en negro, y por ende no pueda "desconocer" la relación laboral.
Carlos II escribió:Ok, gracias por sus comentarios. En realidad voy iniciar el reclamo por despido y la registracion defectuosa por la 25.323 ya que fue despedido sin haber intimado antes. Pero me quedaba la duda de las diferencias salariales ya que encontre un fallito donde segun interpreto podrian reclamarse, se los dejo:

La empleadora que desconoció la existencia de pagos "en negro" no puede luego pretender que se los considere para valorar compensadas las diferencias salariales que se la condena a pagar. Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala II • 31/08/1993 • Díaz, Ricardo A. c. Transporte Sur-Nor C. I. S. A. • DT 1994-A, 40

Saludos!
 #326154  por GU
 
Carlos II escribió:Ok, gracias por sus comentarios. En realidad voy iniciar el reclamo por despido y la registracion defectuosa por la 25.323 ya que fue despedido sin haber intimado antes. Pero me quedaba la duda de las diferencias salariales ya que encontre un fallito donde segun interpreto podrian reclamarse, se los dejo:

La empleadora que desconoció la existencia de pagos "en negro" no puede luego pretender que se los considere para valorar compensadas las diferencias salariales que se la condena a pagar. Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala II • 31/08/1993 • Díaz, Ricardo A. c. Transporte Sur-Nor C. I. S. A. • DT 1994-A, 40

Saludos!
El fallo que pones ratifica lo que te dije pero a la inversa. Es decir, de la misma manera que el demandado no puede compensar las diferencias salariales con los pagos en negro no reconcidos, el actor no puede reclamar diferencias salariales si reconoce la existencia de pagos en negro que superan el basico.

Salutes!