Hola! Alguien sabe que se necesita para hacer estas clases de pensiones y a quienes comprenden? Gracias.-
hola, lee estas leyes que dicen quienes se pueden beneficiar con la pensión.23.848, y modificación ley 24652, 24892,. en síntesis son beneficiarios de la pensión de guerra lo ex soldados conscriptos de las fuerzas armadas que estuvieron destinados en el teatro de operaciones de malvinas (TOM) oentrado efectivamente en combate en el área del teatro de operaciones del atlántico sur (TOAS). Para iniciar el trámite necesitas la constancia de ex combatiente expedida por el organismo competente dependiente de los comandos en Jefe de la Fuerzas Armadas.
De acuerdo a que fuerza perteneció. A mi me dieron la información por tel, si no se encuentra en los listados que ellos tienen, en principio no le corresponde la prestación (desconozco si hay jurisprudencia que extienda el beneficio a otros casos particulares, que es lo que me pasó a mi con un cliente)
Si es de armada te paso el número "armada argentina division veteranos de guerra Comodoro Py 2055 piso 9 of. 99 4371-2352/2000.
si necesitas mas info, avisame y nos ponemos en contacto.
saludos