Hola, en esta oportunidad la SRT intima a mi cliente por deudas por no haber pagado desde 10/1999 la ART, mi cliente alega que no lo hizo porque los empleados eran contratados por un periodo de 15 dias ( el sr. era feriante), actualmente y desde 2007, tiene empleados en relacion de dependencia y paga la ART, mi pregunta es: la intimacion es de 12/2008, la deuda reclamada puede estar total o parcialmente prescripta? agradezco desde ya vuestra colaboracion. saludos