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Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #328945  por bren
 
Hola: tengo que cobrarle a mi clienta por el siguiente trabajo: inicie demanda de liquidacion de sociedad conyugal, fuimos a la audiencia y llegamos a un acuerdo con la consejera del tribunal, el cual no esta homologada para evitar el pago de tasas. El monto final fue de 110.000 $, yo creo que segun la ley de honorarios de provincia, si se hubiera llegado a sentencia el minimo seria de un 8 %, ahora como quedo todo en la etapa previa, cuanto debo cobrarle?