buenos dias colegas les comento el tema:
mi cliente viene enojado porq le sucedio lo sgte: comenzo a trabajar en una empresa el 16 de diciembre y el dia 14 de marzo le envian carta documento poniendo a su disposicion el certificado laboral , etc. la liquidacion la cobra bien pero a las 2 semanas lo llaman para cubrir otro puesto por lo cual a mi enteder si entra queda efectivo desde el mismo dia. le comentan q debe realizar una capacitacion de 6 dias habiles y q el sexto dia se firma elcontrato y se da de alta. el sexto dia lo llaman y le dicen q no se puede darle de alta porq afip les comunico q no se puede dar de alta de nuevo en la misma empresa al mismo empleado porq esta registrado en afip como despido , esto es verdad q afip saco una resolucion y yo no me entere ? porq , q yo sepa se puede volver a tomar a una persona de nuevo , lo dice el
Art. 92 bis. — El contrato de trabajo por tiempo indeterminado, excepto el referido en el artículo 96, se entenderá celebrado a prueba durante los primeros TRES (3) meses de vigencia. Cualquiera de las partes podrá extinguir la relación durante ese lapso sin expresión de causa, sin derecho a indemnización con motivo de la extinción, pero con obligación de preavisar según lo establecido en los artículos 231 y 232.
El período de prueba se regirá por las siguientes reglas:
1. Un empleador no puede contratar a un mismo trabajador, más de una vez, utilizando el período de prueba. De hacerlo, se considerará de pleno derecho, que el empleador ha renunciado al período de prueba.
que opinan?
mi cliente viene enojado porq le sucedio lo sgte: comenzo a trabajar en una empresa el 16 de diciembre y el dia 14 de marzo le envian carta documento poniendo a su disposicion el certificado laboral , etc. la liquidacion la cobra bien pero a las 2 semanas lo llaman para cubrir otro puesto por lo cual a mi enteder si entra queda efectivo desde el mismo dia. le comentan q debe realizar una capacitacion de 6 dias habiles y q el sexto dia se firma elcontrato y se da de alta. el sexto dia lo llaman y le dicen q no se puede darle de alta porq afip les comunico q no se puede dar de alta de nuevo en la misma empresa al mismo empleado porq esta registrado en afip como despido , esto es verdad q afip saco una resolucion y yo no me entere ? porq , q yo sepa se puede volver a tomar a una persona de nuevo , lo dice el
Art. 92 bis. — El contrato de trabajo por tiempo indeterminado, excepto el referido en el artículo 96, se entenderá celebrado a prueba durante los primeros TRES (3) meses de vigencia. Cualquiera de las partes podrá extinguir la relación durante ese lapso sin expresión de causa, sin derecho a indemnización con motivo de la extinción, pero con obligación de preavisar según lo establecido en los artículos 231 y 232.
El período de prueba se regirá por las siguientes reglas:
1. Un empleador no puede contratar a un mismo trabajador, más de una vez, utilizando el período de prueba. De hacerlo, se considerará de pleno derecho, que el empleador ha renunciado al período de prueba.
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