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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #333099  por LATUCU
 
buenos dias colegas les comento el tema:
mi cliente viene enojado porq le sucedio lo sgte: comenzo a trabajar en una empresa el 16 de diciembre y el dia 14 de marzo le envian carta documento poniendo a su disposicion el certificado laboral , etc. la liquidacion la cobra bien pero a las 2 semanas lo llaman para cubrir otro puesto por lo cual a mi enteder si entra queda efectivo desde el mismo dia. le comentan q debe realizar una capacitacion de 6 dias habiles y q el sexto dia se firma elcontrato y se da de alta. el sexto dia lo llaman y le dicen q no se puede darle de alta porq afip les comunico q no se puede dar de alta de nuevo en la misma empresa al mismo empleado porq esta registrado en afip como despido , esto es verdad q afip saco una resolucion y yo no me entere ? porq , q yo sepa se puede volver a tomar a una persona de nuevo , lo dice el


Art. 92 bis. — El contrato de trabajo por tiempo indeterminado, excepto el referido en el artículo 96, se entenderá celebrado a prueba durante los primeros TRES (3) meses de vigencia. Cualquiera de las partes podrá extinguir la relación durante ese lapso sin expresión de causa, sin derecho a indemnización con motivo de la extinción, pero con obligación de preavisar según lo establecido en los artículos 231 y 232.

El período de prueba se regirá por las siguientes reglas:

1. Un empleador no puede contratar a un mismo trabajador, más de una vez, utilizando el período de prueba. De hacerlo, se considerará de pleno derecho, que el empleador ha renunciado al período de prueba.

que opinan?
 #333167  por DAL
 
Es que quisieron darlo de alta con el codigo de periodo de prueba y no se puede. çTienen que darlo de alta con otro codigo. Es ma´s, hasta quizá quisieron hacerlo con los códigos nuevos de moratoria.
Si te parece que no es más que una excusa, comunicate con la gente de RRHH y fijense que pueden hacer, pero para mí es una excusa para no tomarlo.