Esta circular es para casos de rechazo por L. 25994.-
Buenos Aires, 03 de Mayo de 2007.-
CIRCULAR GP No 19107
CADUCIDAD VIGENCIA DE LA LEY No 25.994
SITUACIONES A CONTEMPLAR
Habiendo operado el 3010412007 él vencimiento dir la prórroga dispuesta por el
artículo lo Decreto No 1451106 de las disposiciones de la Ley No 25.994,
corresponde informar a las áreas operativas de esta Administración Nacional los
lineamientos a seguir en las situaciones que se detallan a continuación:
* Con SlCAM enviado con anterioridad al 3010412007, se debe iniciar y resolver el
beneficio con ajuste a las disposiciones de la Ley No 25.994, independientemente
de la fecha de solicitud de turno y atención en UDAI.
* Solicitud de contraturno anterior al 3010412007 - Autónomos Puros
Sin envio de SlCAM anterior al 3010412007, deberá formularse el mismo con
aplicación de las disposiciones de la Ley No 24.476.
Si del análisis de la Ley No 24.476 surgiera la imposibilidad de su aplicación,
deberá iniciarse el trámite, proceder a su retención caratulando con código "18 A la
espera de normativa", a los efectos de analizar la viabilidad de su resolución de
consuno con la Administración Federal de Ingresos Públicos.
* Servicios Mixtos
En este supuesto no debería presentarse inconvenientes teniendo en cuenta que
al momento de la solicitud del turno se verificaba que el solicitante hubiera
realizado el SICAM.