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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #338128  por LORENSLEGAL
 
Colegas:

TEngo un caso de accidente de trabajo en que luego de varias idas y venidas la ART terminó asumiendo sus responsabilidades y cubrió el tratamiento de mi cliente hasta la fecha de alta .

Luego, en fecha 14 de abril de 2009 mi cliente recibió carta documento de la ART con el siguiente texto:

"Nos dirigimos a ud a efectos de notificarle que atento a revisación médica realizada por esta aseguradora con fecha 07 de abril de 2009 se ha evaluado una incapacidad en un porcentaje de 10 % de la total obrera s/ baremo. Por dicha razón iniciamos trámite ante Comisión Médica Jurisdiccional para establecer el carácter definitivo de su incapacidad en un todo de acuerdo con lo normado por Ley 24557 y reglamentaciones"

Supuestamente, tenían qeu notificarle fecha de citación ante la Comision Médica

Alguien sabría guiarme sobre pasos a seguir??? Plazos, etc??

gracias!!
 #338138  por SALINASPAU
 
No necesariamente. Si el trabajador no firmo en disconformidad el alta, no hay motivo para la intervencion de la comision medica.
Ellos le estan diciendo (la ART) que van a abrir el epxte por ante la comision medica jurisdiccional, para dejar ahi plasmada la incapacidad.
Esta comision medica jurisdiccional, le cursara la fecha de la junta medica. Ahi el puede acatar el dictamen, o apelarlo, para que el caso se remita a la comision medica central que es la que da el ultimo dictamen.
Lo que si tenes que controlar es los tramites por ante la jurisdiccional, pues si apelas a esta, el expte se eleva a la comision medica central, pero muchas veces no lo elevan.
Te queda ir a sede judicial.
Se entiende?..
 #338144  por MORGAN
 
Es muy reciente, la Comisión médica tiene 10 días, desde que recibió el trámite, para fijar fecha de audiencia.
 #338388  por LORENSLEGAL
 
Salinaspau:

gracias por tu info, el alta la firmó en disconformidad el trabajador. Yo le había hecho hacer un informe médico legal que daba bastante más.

Nunca hago trámites ante art, cómo sería el control que tengo que realizar, a donde voy? a Moreno 401?