Hola, tengo una duda respecto a qué tipo de acción corresponde y también sobre prescripción:
Mi cliente fue despedido en junio de 2008, sin causa y le pagaron la indemnización correspondiente (en sede privada) ahora me consulta porque se dió cuenta de que le quedaron debiendo diferencias de haberes...
1)- Debo confeccionar un telegrama intimando al pago y luego por ejemplo iniciar el procedimiento ante la secretaría del Trabajo (soy de Córdoba)
2)- Según entiendo, el podría reclamar sólo desde junio de 2007 (ingresó a trabajar en mayo de 2006, pero ese año estaría prescripto no?)
EN ESTE CASO EN EL QUE YA LE PAGARON LOS DEMÁS RUBROS DEL BLOQUE INDEMNIZATORIO, CABE QUE RECLAME AHORA POR ESAS DIFERENCIAS??? POR FAVOR SI ALGUIEN ME DA UNA MANO, SE LOS VOY A AGRADECER!!!
Mi cliente fue despedido en junio de 2008, sin causa y le pagaron la indemnización correspondiente (en sede privada) ahora me consulta porque se dió cuenta de que le quedaron debiendo diferencias de haberes...
1)- Debo confeccionar un telegrama intimando al pago y luego por ejemplo iniciar el procedimiento ante la secretaría del Trabajo (soy de Córdoba)
2)- Según entiendo, el podría reclamar sólo desde junio de 2007 (ingresó a trabajar en mayo de 2006, pero ese año estaría prescripto no?)
EN ESTE CASO EN EL QUE YA LE PAGARON LOS DEMÁS RUBROS DEL BLOQUE INDEMNIZATORIO, CABE QUE RECLAME AHORA POR ESAS DIFERENCIAS??? POR FAVOR SI ALGUIEN ME DA UNA MANO, SE LOS VOY A AGRADECER!!!