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  • PORTERO despido con causa?? necesito ideas ....

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #346112  por Milla
 
Hola todos.
Les escribo porque me vinieron a consultar por un tema un despido.
El tema es asi, el trabajador es Portero de un edificio y esta jubilado hace 14 años. Tiene como 89 actualmente.
El tema es que ya no cumple con sus funciones, cobra 3.000$ y trabaja 3 horas. No realiza sus tareas, no limpia, viven en el dpto que le provee el edificio y no tiene pensado irse.
Me consultan para despedirlo pero lo tendrían que indemnizar, situacion injusta porque realmente no cumple sus tareas.
Se les ocurre algo para poder despedirlo con causa?
Yo pense en intimarlo a cumplir las tareas, el horario, etc y sino considerar que corresponde el despido con justa causa pero no se si alcanza.
Necesito ideas urgentes,
Mil gracias.
Millamanso
 #350765  por Milla
 
Hola Dal,
El tema es que en la negociacion no se baja de los 80.000 $ es mucho para un consorcio.
Este Sr. tiene como 30 años de antiguedad !!
Es mucho tiempo y mucho plata ...
Si se te ocurre otra idea, avisame !!
Gracias, Millamanso
 #351331  por DAL
 
Es realmente mucha plata.
Ahora, a quien corno se le ocurrio tomar a un señor de 75 años para trabajar!!!!!
Empezá entonces con intimaciones. Y de salud como anda??? podrias empezar con licencias por enfermedad por un año y luego reserva de puesto y luego despido sin indemnizacion. Pero a este paso, los va a agarrar el 248 y ahí no hay excusa alguna.
 #372625  por Milla
 
Hol Dal, creo que encontré la solución.
Salio un plenario que dice que ante reingreso de un portero que luego de jubilado sigue o vuelve a trabajar al mismo lugar, no corresponde indemnizar la antiguedad desde el ingreso (el primero) sino desde el reingreso... asi, vamos a poder achicar un poco el monto.
Que tul ???
Ni que nuestros jueces me hubieran escuchado. Si queres te lo paso.
Salio en Infobae hace unos dias...
Mil gracias por la ayuda...
Milla
 #372634  por democritus
 
Comparto el post del colega pre-opinante :-)
El trabajador jubilado puede ser tomado nuevamente luego de su jubilación, pero en ese caso la antigüedad se computa desde la fecha de jubilación, y no desde su ingreso original. Esto es por ley, no sabía lo del plenario, pero es bueno sabe que además tiene aval judicial.
Así que eso ya te reduce un poco la indemnización.
Creo que armar también un despido con causa es muy desgastante, pero podrías intentarlo. Causas, aparentemente, hay, aunque lo coherente sería negociar una desvinculación, ya que el propio portero se tiene que dar cuenta que no puede cumplir sus funciones. Por ahí, si él no entra en razones, tratar de dialogar con el abogado o representante del portero.
Es difícil, porque los porteros cada vez cobran más (gracias a Santamaría y a la carencia de la parte patronal) y terminan casi adueñándose del edificio.
 #372776  por Milla
 
jaja Ni me digas !!
El de mi edificio, en el cual son pocos dptos por ende expensas casi impagables, tiene casa un country camino a Pilar, y el año pasado se compro un cero km. !
Es portero de mi edificio y limpia (en horario de trabajo de nuestro edificio) en otros tres edificios de la cuadra. Pero los dueños de los dptos no hacen nada ...
Vos podes creer ???
 #372790  por DAL
 
Milla escribió:Hol Dal, creo que encontré la solución.
Salio un plenario que dice que ante reingreso de un portero que luego de jubilado sigue o vuelve a trabajar al mismo lugar, no corresponde indemnizar la antiguedad desde el ingreso (el primero) sino desde el reingreso... asi, vamos a poder achicar un poco el monto.
Que tul ???
Ni que nuestros jueces me hubieran escuchado. Si queres te lo paso.
Salio en Infobae hace unos dias...
Mil gracias por la ayuda...
Milla

Si, ya se, lo puse en un post.