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  • CANCELACION DE HIPOTECA

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 #346217  por ricardito21
 
En un juicio de ejecución de mutuo con garantía hipotecaria, cancelado en el expediente el capital y los honorarios y costas, ¿puede la parte demandada solicitar al Juez que disponga no sólo el levantamiento del embargo sino también la cancelación de la hipoteca?.
 #346225  por abogado_1987
 
ricardito21 escribió:En un juicio de ejecución de mutuo con garantía hipotecaria, cancelado en el expediente el capital y los honorarios y costas, ¿puede la parte demandada solicitar al Juez que disponga no sólo el levantamiento del embargo sino también la cancelación de la hipoteca?.
Ricardito, la respuesta es si ...
 #346707  por ricardito21
 
Agradecido colega Abogado_1987.- Es mi criterio, pese a que un Juez de Primera Instancia en lo Civil de Cap.Fed. me lo denegó, con el argumento de que no hubo subasta en autos, por lo que debo ocurrir por otra vía (imagino que un proceso de cancelación de hipoteca). Lo apelé, citando jurisprudencia del fuero. Espero la resolución de Cámara, pero con tu opinión compruebo que no estuve tan equivocado en mi apreciación.
 #346806  por abogado_1987
 
ricardito21 escribió:Agradecido colega Abogado_1987.- Es mi criterio, pese a que un Juez de Primera Instancia en lo Civil de Cap.Fed. me lo denegó, con el argumento de que no hubo subasta en autos, por lo que debo ocurrir por otra vía (imagino que un proceso de cancelación de hipoteca). Lo apelé, citando jurisprudencia del fuero. Espero la resolución de Cámara, pero con tu opinión compruebo que no estuve tan equivocado en mi apreciación.
Ricardo, de nada ... suerte con el recurso de apelación ...
 #346810  por abogado_1987
 
" ... El problema se suscita en los casos en que en una ejecución hipotecaria el deudor cancela las sumas totales de capital, intereses, costos y costas y algunos magistrados tienen criterios dispares en cuanto a la procedencia de la cancelación por vía judicial en el mismo expediente o mandarlo a Mediación obligatoria en caso de ser ante la Justicia Nacional con juicio ordinario posterior en los supuestos en que por una razón u otra el acreedor que ya percibió su crédito no esté dispuesto a realizar la cancelación mediante escritura pública, sea reticente, haya fallecido, etc.

Así como opino que se puede constituir una hipoteca mediante un acuerdo homologado en un proceso, como por ejemplo una subasta pública sobre un inmueble de una quiebra y quien adquiere lo hace con saldo garantizado con hipoteca, a pesar de las objeciones registrales y la defensa de la escritura pública, conforme a lo dispuesto en el art. 3128 del C.C. también anticipo mi opinión que en base a lo dispuesto en los arts. 3200; 3201 y el ya transcripto supra 3196 del C.C. por diversas razones es factible la cancelación con orden judicial aún en el supuesto en que el inmueble no estuviese sujeto a remate.

De lo contrario, se estaría beneficiando al adquirente en subasta y dejado de lado al deudor originario ante su pago total..."

Cancelación de hipoteca por vía judicial


Por Eduardo Sirkin *
 #346817  por abogado_1987
 
"... 1. Para la cancelación de la hipoteca por vía judicial que supla la voluntad del acreedor hipotecario no es necesaria una demanda incidental o independiente del proceso, cuando la cancelación sea consecuencia del agotamiento del juicio ejecutivo por pago, subasta, etc., en cuyos supuestos, debe librarse la orden directamente desde el tribunal interviniente —artículos 3187, 3192 y 3200, Código Civil—.

2. Al haberse extinguido la obligación principal por haber satisfecho los ejecutados el crédito, de acuerdo a los términos de la sentencia dictada en la causa, liquidación practicada y pago realizado, desaparece el gravamen sobre la propiedad, por lo que no existe ninguna razón de orden legal que impida la cancelación del derecho real de hipoteca que garantizaba el préstamo.

CNCiv. Sala K, 04/03/2008, Mastronardi, Ricardo Aníbal y otro c. Resumil, Félix Miguel y otro, L.L. online.

Los fundamentos de los fallos transcriptos supra abonan la tesitura anticipada evitando un proceso contradictorio de conocimiento ordinario, pues la facultad judicial y los poderes de los magistrados implican toma de decisiones acordes con la economía procesal, el evitar dispendio jurisdiccional y facilitar la conclusión del tema, en la inteligencia que para materializarlo es aconsejable pedir y obtener la expedición del testimonio respectivo con un oficio ordenando el juez que el Registro de la Propiedad inscriba la cancelación con lo que se evitarán obstáculos y objeciones comunes en esta clase de trámites. ..."

Cancelación de hipoteca por vía judicial . Por Eduardo Sirkin
 #347176  por SOL DE OTOí‘O
 
y que pasaría con los embargos que pueden pesar sobre ese bien? Si se hizo remate privado para cancelar la hipoteca y no se tuvieron en cuenta los embargos en la base ni nada, ¿se levanta todo a los fines de la escrituración? ¿quien paga los embargos trabados? :?:
 #993695  por patriciaefay36
 
Hola a todos. Tengo un problema en una ejecucion hipotecaria, con respecto a la cancelacion de la hipoteca, que se hizo en dicho expediente. Mi cliente cancelo la hipoteca, y ahora se presentó con mi patrocinio letrado solicitando oficio de estilo para inscribir la cancelación de la hipoteca (el embargo nunca llego a inscribirse consta en el informe de dominio que adose al escrito), el tema es que me proveen que OCURRA POR LA VIA QUE CORRESPONDA, solicite aclaracion y vuelven a proveer "estese" a lo dictaminado anteriormente... a que se refiere con ello? Presento un recurso de apelacion, yo no conozco otra manera de inscripcion de la cancelacion de pago total (con las conformidades correspondientes y presentadas en el expediente) que no sea el simple pedio en la ejecucion hipotecaria.
 #993740  por abogado_1987
 
patriciaefay36 escribió:Hola a todos. Tengo un problema en una ejecucion hipotecaria, con respecto a la cancelacion de la hipoteca, que se hizo en dicho expediente. Mi cliente cancelo la hipoteca, y ahora se presentó con mi patrocinio letrado solicitando oficio de estilo para inscribir la cancelación de la hipoteca (el embargo nunca llego a inscribirse consta en el informe de dominio que adose al escrito), el tema es que me proveen que OCURRA POR LA VIA QUE CORRESPONDA, solicite aclaracion y vuelven a proveer "estese" a lo dictaminado anteriormente... a que se refiere con ello? Presento un recurso de apelacion, yo no conozco otra manera de inscripcion de la cancelacion de pago total (con las conformidades correspondientes y presentadas en el expediente) que no sea el simple pedio en la ejecucion hipotecaria.
interpreto que ...
Art. 3.199. La hipoteca y la toma de razón se cancelarán por consentimiento de partes que tengan capacidad para enajenar sus bienes, o por sentencia pasada en cosa juzgada.

Art. 3.200. Los tribunales deben ordenar la cancelación de las hipotecas, cuando la toma de razón no se ha fundado en instrumento suficiente para constituir hipoteca, o cuando la hipoteca ha dejado de existir por cualquier causa legal, o cuando el crédito fuere pagado.

Art. 3.201. El oficial anotador de hipotecas no podrá cancelarlas si no se le presentan instrumentos públicos del convenio de las partes, del pago del crédito, o de la sentencia judicial que ordene la cancelación.
 #993743  por patriciaefay36
 
si pero me dicen que ocurra por la via que corresponda... en otros expedientes he solicitado en la ejecucion de hipoteca, en el cual se ha presentado carta de pago total con conformidad de los letrados y me ordenaron el oficio de inscripcion de cancelacion... no se porque ahora este juzgado me dice que OCURRA POR LA VIA QUE CORRESPONDA... Imaginate ahora para hacer una cancelacion de hipoteca debe pagar mi cliente hasta tasa de justicia.... es INSOLITO??? O yo estoy pensando mal y debo hacer como me dice el juzgado????
 #993957  por abogado_1987
 
patriciaefay36 escribió:si pero me dicen que ocurra por la via que corresponda... en otros expedientes he solicitado en la ejecucion de hipoteca, en el cual se ha presentado carta de pago total con conformidad de los letrados y me ordenaron el oficio de inscripcion de cancelacion... no se porque ahora este juzgado me dice que OCURRA POR LA VIA QUE CORRESPONDA... Imaginate ahora para hacer una cancelacion de hipoteca debe pagar mi cliente hasta tasa de justicia.... es INSOLITO??? O yo estoy pensando mal y debo hacer como me dice el juzgado????
no todos los juzgados tienen el mismo criterio ...
 #1137856  por fhs
 
Consulta relacionada a lo anterior:
Como procedería en un caso donde el deudor hipotecario quiere solicitar la cancelación de la hipoteca a su acreedor y éste está en quiebra?
Se trata de un banco que está en proceso de quiebra y mi cliente quiere vender un inmueble y en el informe que solicité al registro figura esta hipoteca que no está cancelada aunque el crédito ya se terminó de pagar hace varios años atras.
Como procedería? me presento en la quiebra y solicito a la jueza la cancelación?
En este caso, se forma un incidente de cancelación de hipoteca??? Gracias
 #1184016  por drafrias
 
fhs escribió: Lun, 09 May 2016, 18:43 Consulta relacionada a lo anterior:
Como procedería en un caso donde el deudor hipotecario quiere solicitar la cancelación de la hipoteca a su acreedor y éste está en quiebra?
Se trata de un banco que está en proceso de quiebra y mi cliente quiere vender un inmueble y en el informe que solicité al registro figura esta hipoteca que no está cancelada aunque el crédito ya se terminó de pagar hace varios años atras.
Como procedería? me presento en la quiebra y solicito a la jueza la cancelación?
En este caso, se forma un incidente de cancelación de hipoteca??? Gracias
Hace un par de años en un caso similar, hice un incidente de cancelacion hipotecaria en el juicio de Quiebra del banco.