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Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
 #347597  por cel
 
Buenas tardes:
Quiero que me saquen de la duda en el siguiente caso: "para calcular el monto de sellos al certificar la firma de un boleto de venta celebrado en el año 2007, que fecha debo tener en cuenta, la fecha de certificación? o la fecha de celebración del boleto?, aclaro que en el año 2007 tanto el comprador como el vendedor no se percataron de certificar las firmas en el instrumento, ahora recien recurren a certificar por lo que corresponde abonar sellos.
Pregunte en la Dirección de Rentas de mi ciudad (Ctes.) la respuesta que me dieron me generó dudas y complicación ya que un dia me dicen que se tiene en cuenta la fecha de intervención del escribano (certificación) y otro día me informan que se debe tener en cta. la fecha de celebración del boleto (lo que en este caso generaria multa e intereses), pero lo que no entienden ellos es que en aquel momento no hubo intervención de escribano es ahora recien que solicitan la certificación.

Que es lo mas conveniente hacer en estos casos?? Existe alguien interesado en ayudarme a resolver o aconsejarme ?? espero alguna respuesta lo mas pronto posible. gracias---------