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 #347963  por helen30
 
me presento en caracter de apoderada con poder otorgado por escribano de españa con la apostilla de la haya. El juez me pide que previo a todo legalice el poder por el consulado argentino en españa y por el min de relaciones exteriores. Presento recurso de revocatoria diciendo que le poder esta apostillado y por lo tanto esto hace que se exima de legalizacion al mismo. Me lo rechazan porque dice la firma del funcionario que coloco la apostilla no esta legalizada segun art. 2 de la ley 23548 y me coceden la apelacion....que hago voy a camara porque creo que sigo teniendo razon ese articulo no dice eso !! o desisto y mando el poder a españa otra vez para legalizarlo para no perder mas tiempo??
 #348271  por helen30
 
nunca nadie apostillo nada!!!!????que alguien responda algo!
 #348314  por docthos
 
bueno pero no se enoje!!!! :shock:

Seguro alguno que sepa lo va a responder nunca lo hice solo opino pa que no se sienta tan sola doc, saludos :)
 #348336  por docthos
 
helen tenias razon!

Qué es la Apostilla de la Haya y para qué sirve:

A través de la denominada Apostilla de la Haya un país firmante del Convenio de la Haya reconoce la eficacia jurídica de un documento público emitido en otro país firmante de dicho Convenio.

El trámite de legalización única -denominada apostilla- consiste en colocar sobre el propio documento público una apostilla o anotación que certificará la autenticidad de los documentos públicos expedidos en otro país. Los países firmantes del XII Convenio de la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado de 5 de octubre de 1961 reconocen por consiguiente la autenticidad de los documentos que se han expedido en otros países y llevan la apostilla.

La Apostilla de la Haya suprime el requisito de legalización diplomática y consular de los documentos públicos que se originen en un país del Convenio y que se pretendan utilizar en otro. Los documentos emitidos en un país del Convenio que hayan sido certificados por una apostilla deberán ser reconocidos en cualquier otro país del Convenio sin necesidad de otro tipo de autenticación
 #348351  por helen30
 
gracias!! yo crei que estaba loca pero me parece que la loca es la jueza que no entiende nada....ella rechaza mi recurso porque dice que la firma del que coloco la apostilla tiene que estar certificada por el consulado y el min de relaciones exteriores pero no se de donde saca eso!!! aparte yo no tengo aca el poder orginal ni copia porque me parece que la postilla no se firma sino que es como un sello pero en todo caso si estaria firmada no creo que deba ser legalizada sino para que me van a eximir de las otras legalizaciones si tengo que legalizar esa firma seria cosa de locos no???
 #348433  por helen30
 
que opinan los demas?? aunque sea por logica diganme que piensan...
 #348829  por helen30
 
LES CUENTO A TODOS QUE TENGO RAZON!!!! YA AVERIGUE EN EL CONSULADO DE ESPAÑA EN ARGENTINA PARA EL CASO INVERSO Y ME DIJERON QUE CON LA APOSTILLA NO NECESITO HACER NADA MAS!!! MI MIEDO AHORA ES QUE LA CAMARA NO TRATE EL RECURSO DICIENDO QUE ESA PROVIDENCIA SIMPLE NO CAUSA GRAVAMEN IRREPARABLE ASIQUE MAS BRONCA ME DA PORQUE YA VEO QUE ENTONCES VOY A TENER QUE HACER IGUAL LA LEGALIZACION AUNQUE NO CORRESPONDA!!!!!! :oops:
 #348841  por docthos
 
tb podes hacer que te lo digan por escrito entonces presentas eso y de paso llevale al juez algun manualcito o guia de internacional privado capaz la use para algo :lol:
helen30 escribió:LES CUENTO A TODOS QUE TENGO RAZON!!!! YA AVERIGUE EN EL CONSULADO DE ESPAÑA EN ARGENTINA PARA EL CASO INVERSO Y ME DIJERON QUE CON LA APOSTILLA NO NECESITO HACER NADA MAS!!! MI MIEDO AHORA ES QUE LA CAMARA NO TRATE EL RECURSO DICIENDO QUE ESA PROVIDENCIA SIMPLE NO CAUSA GRAVAMEN IRREPARABLE ASIQUE MAS BRONCA ME DA PORQUE YA VEO QUE ENTONCES VOY A TENER QUE HACER IGUAL LA LEGALIZACION AUNQUE NO CORRESPONDA!!!!!! :oops:
 #348858  por poorlaw
 
Si el poder fue extendido ante notario español, entonces el juzgado parece estar confundido con esta otra situación distinta: Escrituras extendidas ante el consulado/ Las actuaciones notariales expedidas ante los Consulados argentinos requieren el trámite de "habilitación de firma" -gratuito- en el Departamento de Legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto

Está para pedir una charla con el que despachó, explicarle y empezar de nuevo.

Saludos.
 #348921  por AngelaLucila
 
Tuve representados españoles y me enviaron un poder general para juicios CON FIRMA LEGALIZADA DEL NOTARIO ESPAÑOL Y APOSTILLADO EN EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES ESPAÑOL y FUE SUFICIENTE para la Argentina. No s epueden pedir mas requisitos que la Apostilla que le dá valor fuera del territorio español.
 #349047  por Olicam
 
Comparto la idea de hablar con quien despacha y aclararle que el poder cumple con el requisito de apostilla, a lo sumo te pueden pedir la traducción de aquel documento que no está redactado en nuestro idioma..... pero eso que piden no me parece que sea de aplicación al caso.
Después nos contás en que termina éste caso.
Saludos y suerte,
Oli
 #349070  por alejandra1970
 
Mira averigua,porque yo tuve que legalizar partidas de nacimiento de España, en el ministerio del interior, es en juncal al lado de la cancilleria, si te sirve todo bien, no te corresponde pagar nada
 #349159  por CARLOSPATRICIO
 
Es asi, tiene que haber agotado las cadenas de legalizaciones internas y luego salir con la apostilla, me parece que el caso cuadra en la suposicion de poorlaw o puede ser que el juez no conozca sobre la convencion que elimino el engorroso tramite de las cadenas de legalizaciones, igual no creo, sino no se explica
 #349173  por helen30
 
PERO YA NO PUEDO HABLAR CON NINGUN DESPACHANTE YA PRESENTE EL RECURSO DE REVOCATORIA Y ME LO RECHAZARON CONTESTANDOME CON LA MISMA INCOHERENCIA POR LO MENOS ME CONDEDIERON LA APELACION EN SUBSIDIO PERO....PARA MI QUE LA CAMARA NI VA A TRATAR EL RECURSO VA A DECIR QUE FUE MAL CONCEDIDO PORQUE NO ESA PROVIDENCIA NO CAUSA GRAVAMEN IRREPARABLE....EL TEMA ES QUE ME DA MUCHA BRONCA E IMPOTENCIA TENER QUE PERDER QUIEN SABE CUANTO TIEMPO MAS EN LEGALIZAR ALGO QUE NO CORRESPONDE...PENSE EN DESISTIR DEL PROCESO Y EMPEZAR DE NUEVO RECUSANDO SIN CAUSA A ESE JUEZ ASI ME CAE EN OTRO JUZGADO...SE PODRA???