Tengo un desalojo en la matanza. En el primer proveído dice que notifique al oficial notificador interviniente que al momento de realizar la diligencia deberá informar sobre la existencia de inquilinos ocupantes... art. 196 de la AC 3397/2008...
Haber si estoy en lo cierto: hago una cedula que contenga la totalidad del proveído y cómo hago con lo del Oficial Notificador???????.
Puedo poner en observaciones que sea diligenciado en cumplimiento de aquél artículo 196.
ESPERO SU RESPUESTA.
HE POSTEADO EN EL FORO CIVIL PERO NO HE TENIDO EXITOS, SOY NOVEL ABOGADA Y ES MI PRIMER DESALOJO.
Atte
Prof.-
Haber si estoy en lo cierto: hago una cedula que contenga la totalidad del proveído y cómo hago con lo del Oficial Notificador???????.
Puedo poner en observaciones que sea diligenciado en cumplimiento de aquél artículo 196.
ESPERO SU RESPUESTA.
HE POSTEADO EN EL FORO CIVIL PERO NO HE TENIDO EXITOS, SOY NOVEL ABOGADA Y ES MI PRIMER DESALOJO.
Atte
Prof.-