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  • NECESITO URGENTE CONSEJO - GRACIAS

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #350939  por ricardito21
 
Dado que hasta la fecha no obtuve ninguna respuesta a identico post anterior, insisto con mi pedido de consejo: Hace cinco años se regularon honorarios en juicio civil. Ambas partes apelaron los mismos (por altos y por bajos). Antes de que suba a Cámara, el expediente fue remitido a sede penal, donde permaneció hasta su devolución en noviembre 2008. Ya en esta etapa, subió a Cámara Civil, que confirmó los honorarios regulados hace cinco años. La inquietud es: corresponde liquidar intereses compensatorios desde la fecha de regulación o desde que los honorarios adquirieron firmeza y exigibilidad??. Agradeceré urgente consejo. Gracias.-