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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #352045  por anaser
 
Hola: Tengo una pregunta, La abogada de un coheredero me tiene a las vueltas para realizar la partición hereditaria de los bienes denunciados en la sucesión. Alguien tiene un escrito de como tendría que solicitarle al juez que realize la partición hereditaria designando el 50 % a cada heredero.y despues que tendría que hacer?. La hijuela tambien la puede fijar el juez? Gracias es que siempre llegue a la denuncia de bienes y nada más.
 #352049  por mfrinland
 
Si no estan de acuerdo los herederos en que hijuela les corresponde a cada uno, y tenes mas de un bien en el acervo, lo que tenes que solicitar es designacion de una audiencia a efectos de la particion. Suerte
 #352413  por Lanahi
 
Trata de hablar con la abogada y aunar criterios de una vez por todas estableciendo qué sera para uno y otro heredero, una vez que se llegue al acuerdo , hagan un escrito de particion y adjudicacion y se presenta para su reconocimiento y ratificacion de las partes ante actuario .
Si no hay acuerdo entre co-herederos , se deberá hacer una particion judicial


PARTICION Y ADJUDICACION (artículos 761 al 767)


Artículo 761

ARTICULO 761: Partición privada. Una vez aprobadas las operaciones de inventario y avalúo, si todos los herederos están presentes y son capaces, podrán convenir la partición en la forma y por el acto que, por unanimidad, juzguen conveniente.


Artículo 762

ARTICULO 762: Partidor. El partidor, que deberá tener título de abogado, será nombrado en la forma dispuesta para el inventariador.


Artículo 763

ARTICULO 763: Plazo. El partidor deberá presentar la partición dentro del plazo que el juez fije, bajo apercibimiento de remoción.

El plazo podrá ser prorrogado si mediare pedido fundado del partidor o de los herederos.


Artículo 764

ARTICULO 764: Desempeño del cargo. Para hacer las adjudicaciones, el perito, si las circunstancias lo requieran, oirá a los interesados a fin de obrar de conformidad con ellos en todo lo que acordaren, o de conciliar, en lo posible, sus pretensiones.

Las omisiones en que incurrieren deberán ser salvadas a su costa.


Artículo 765

ARTICULO 765: Certificados. Antes de ordenarse la inscripción en el Registro de la Propiedad de las hijuelas, declaratoria de herederos, o testamento, en su caso, deberá solicitarse certificado sobre las condiciones de dominio de los inmuebles.


Artículo 766

ARTICULO 766: Presentación de la cuenta particionaria. Presentada la partición, el juez la pondrá de manifiesto en al secretaría por 10 días. Los interesados serán notificados por cédula.

Vencido el plazo sin que se haya formulado oposición, el juez, previa vista al ministerio pupilar, si correspondiere, aprobará la cuenta particionaria, sin recurso, salvo que violare normas sobre división de la herencia o hubiere incapaces que pudieren resultar perjudicados.

Sólo será apelable la resolución que rechace la cuenta.


Artículo 767

ARTICULO 767: Trámite de la oposición. Si se dedujere oposición el juez citará a audiencia a las partes, al ministerio pupilar, en su caso, y al partidor, para procurar el arreglo de las diferencias.

La audiencia tendrá lugar cualquiera fuese el número de interesados que asistiere. Si quien ha impugnado la cuenta particionaria dejare de concurrir, se lo tendrá por desistido, con costas. En caso de inasistencia del perito, perderá su derecho a los honorarios.

Si los interesados no pudieren ponerse de acuerdo, el juez resolverá dentro de los 10 días de celebrada la audiencia.
 #353032  por anaser
 
trate de hablar con la abogada y tratar de juntarnos, pero solo he recibido de la abogada de la otra coheredera malos tratos y perdida de tiempo. Si bien soy una abogada joven no tengo por que dejarme basurear por ningun colega. Me canse de llamarla y de soportar sus malas respuestas es por eso que decidi que el juez lo haga. Solo quería saber si hay algun formalismo ( mas alla de los normales ) en el escrito de solicitud que tengo que ingresar a dichos fines.gracias por sus respuestas
 #407152  por 33011960
 
me encuentro en una situacion similar alguien tiene un modelo para la iniciacion de una particion hereditaria . Gracias
 #507759  por jp11179
 
anaser escribió:trate de hablar con la abogada y tratar de juntarnos, pero solo he recibido de la abogada de la otra coheredera malos tratos y perdida de tiempo. Si bien soy una abogada joven no tengo por que dejarme basurear por ningun colega. Me canse de llamarla y de soportar sus malas respuestas es por eso que decidi que el juez lo haga. Solo quería saber si hay algun formalismo ( mas alla de los normales ) en el escrito de solicitud que tengo que ingresar a dichos fines.gracias por sus respuestas
Estoy en una situacion identica. Tendrias o conseguiste un modelo para adaptarlo aun incidente de partición ?
 #510704  por 33011960
 
33011960 escribió:me encuentro en una situacion similar alguien tiene un modelo para la iniciacion de una particion hereditaria . Gracias
tambien me encuentro en una situacion similar pero he presentado varios escritos al juzgado para hacer laparticiòn hereditaria judicial y el juzgado dice que peticione por donde corresponde sin decirme cual es el criterio....
sabe alguien como se soluciona este problema???
 #510783  por anaser
 
Yo pedi sorteo de perito inventariador y tasador. pero ahora estamos tratando de llevarlo a mediación. a mi me fijaron fecha de sorteo de perito recorda que primero tenes el inventario y avaluo y luego la partición. por ahi te falta pedir primero este para luego hacer la partición.