cá va mi problema:
el señor -que vive en italia- con aportes hechos en argentina, quiere jubilarse.-
inicia los trámites con otro abogado que no soy yo, nunca hice ésta clase de jubilaciones y no quería complicarme porq es el padre de una amiga que presenta un cuadro de salud muy delicado, entonces lo derivé a otro estudio previsionalista que la tienen más clara en éste sentido.-
el problema reside que, desde NOVIEMBRE q el expediente adm se encuentra en el área de reconocim de servicios internacionales -desconozco si ése es el nombre espécifico del área, éso es lo que me dice mi amiga.-
ante el grave cuadro de salud, y en vistas de que le dijeron que tampoco va a salir de acá a tres meses, se me ocurrió como alternativa presentar UN AMPARO POR MORA DE LA ADMINISTRACIÓN (ley 19549 de PAN).-
ahora, el tema es la jurisdicción, porq como puse más arriba, el señor(domiclio del actor) vive en italia, y la dependencia de ansés está en capital federal... y yo soy de santa fe!!!!!
yo quiero iniciarlo en el juzgado federal de santa fe, si no rige el dom del actor, puedo demandar a ansés -udai santa fe- aunque la dependencia en la cual se encuentra demorado el exp adm sea de capital federal?
capáz q es mucho más sencillo de lo que yo lo planteo, pero no quiero q me lo rechacen por equivocarme de jsdción, y menos me quiero ir a litigar a capital!!!!
ME ESTOY AHOGANDO EN UN VASO DE AGUA!!!????
gracias por sus respuestas
glup
el señor -que vive en italia- con aportes hechos en argentina, quiere jubilarse.-
inicia los trámites con otro abogado que no soy yo, nunca hice ésta clase de jubilaciones y no quería complicarme porq es el padre de una amiga que presenta un cuadro de salud muy delicado, entonces lo derivé a otro estudio previsionalista que la tienen más clara en éste sentido.-
el problema reside que, desde NOVIEMBRE q el expediente adm se encuentra en el área de reconocim de servicios internacionales -desconozco si ése es el nombre espécifico del área, éso es lo que me dice mi amiga.-
ante el grave cuadro de salud, y en vistas de que le dijeron que tampoco va a salir de acá a tres meses, se me ocurrió como alternativa presentar UN AMPARO POR MORA DE LA ADMINISTRACIÓN (ley 19549 de PAN).-
ahora, el tema es la jurisdicción, porq como puse más arriba, el señor(domiclio del actor) vive en italia, y la dependencia de ansés está en capital federal... y yo soy de santa fe!!!!!
yo quiero iniciarlo en el juzgado federal de santa fe, si no rige el dom del actor, puedo demandar a ansés -udai santa fe- aunque la dependencia en la cual se encuentra demorado el exp adm sea de capital federal?
capáz q es mucho más sencillo de lo que yo lo planteo, pero no quiero q me lo rechacen por equivocarme de jsdción, y menos me quiero ir a litigar a capital!!!!
ME ESTOY AHOGANDO EN UN VASO DE AGUA!!!????
gracias por sus respuestas
glup
lolettttttt
