hola foristas, tengo un caso laboral, contrato de temporada sin registraciòn, trab temporada dic 2006- abril 2007, para la temporada 2007/2008 no la llamaron a trabajar. en febrero 2008 manda tcl dandose por despedida e intima al empleador al pago de indemnizaciones. en la instancia administrativa no se llego a ningun acuerdo. ahora estoy por iniciar el juicio, quisiera que me aclaren cual fecha tengo que tomar como fecha de despido? diciembre 2007?
en este caso se aplica la ley 25561? (se derogo el 10/09/2007)
en su caso alguien sabe que criterio tiene el trib laboral de dolores, a que rubros indemnizatorios le aplica el art. 16 de la ley 25561?...
bueno ojala alguien pueda darme una mano...
saludos
en este caso se aplica la ley 25561? (se derogo el 10/09/2007)
en su caso alguien sabe que criterio tiene el trib laboral de dolores, a que rubros indemnizatorios le aplica el art. 16 de la ley 25561?...
bueno ojala alguien pueda darme una mano...
saludos