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  • Solicitud de historia clinica

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 #356039  por msal
 
Antes de iniciar la demanda, quiero pedir copia certificada de la Historia clínica a un hospital en la Pcia de Bs As para dársela a un medico perito para que juzgue si existió o no mala praxis en una cesárea.
1.-La puedo pedir sin orden del Juez, es decir firmando la carta solo en mi carácter de abogado?
2.-Debo hacer mención a algún art del código Procesal que me da facultades para solicitarla?
3.-Debo fundamentar el motivo de por que la solicito?
4.-Alguien tiene algún modelo que haya sido utilizado en un caso parecido?

Mil Gracias
 #356049  por abogado_1987
 
Msal, modelo de ...

MODELO DE ESCRITO DE PRUEBA ANTICIPADA REQUIRIENDO
EL SECUESTRO DE LA HISTORIA CLINICA Y LA PRODUCCION DE LA PERICIA INFORMATICA
PRUEBA ANTICIPADA.-
SECUESTRO DE HISTORIA CLINICA.-
PERICIAL INFORMATICA.-
Señor Juez:
................ , Abogado, inscripto en la matrícula respectiva al Tomo...... Folio......, constituyendo domicilio legal en mi Estudio de calle.............. de esta ciudad, ante V. S. me presento y respetuosamente digo.-
1.- PERSONERIA: Que conforme surge del poder que acompaño al presente para su agregación en autos, soy mandatario de don............., con domicilios, real en calle.......... y legal en mi Estudio, constando el resto de sus datos en el mencionado instrumento al que, por razones de economía procesal, me remito y los doy por reproducidos en el presente.-
2.- ACCION: Que en ejercicio del citado mandato y en cumplimiento de expresas instrucciones impartidas por su otorgante vengo a promover la siguiente prueba anticipada, que desde ya solicito sea despachada favorablemente en mérito a las consideraciones fácticas y legales que expresaré en el contexto del presente.-
Mi conferente a raíz de una molestia sufrida, que le originaba dolor en............, consultó, en el mes de............ de 2006 al Dr............ en su consultorio sito en el Sanatorio......... de calle............. de esta ciudad.-
Luego de una serie de prescripciones médicas tendentes a determinar el diagnóstico de la patología que sufría, se le indicó el tratamiento consistente en.............-
Ante la no mejoría experimentada pese a que las indicaciones que recibiera fueron cumplidas estrictamente, el citado profesional decidió el sometimiento de mi cliente a una intervención quirúrgica que se efectivizó el día........... en el citado nosocomio, actuando, en calidad de cirujano el Dr.............-
En fecha.............., luego de permanecer internado por espacio de ............. días fue dado de alta.-
Tiempo después (alrededor de dos meses) mi representado comenzó a sentir molestias que luego se convirtieron en fuertes dolores por lo que consultó a otro médico quien determinó que el tratamiento al que fuera anteriormente sometido no resultó ser el adecuado a la patología que presentaba.-
3.- PRUEBA ANTICIPADA: En consecuencia, siendo factible que haya mediado mala praxis médica por parte de los operadores actuantes en la intervención profesional, vengo a requerir, para su fiel y científica determinación mediante un estudio por parte de especialistas en la rama médica respectiva, las siguientes medidas.-
A. Secuestro de historia clínica:: Consistente en la designación de un Oficial de Justicia quien deberá apersonarse en el domicilio del Sanatorio........... sito en calle....... de esta ciudad, con el propósito de proceder al secuestro de la historia clínica, protocolo quirúrgico, parte anestésico vinculado con la atención médica brindada al Sr.............. desde el............. hasta el........... , como así también toda otra documentación relacionada con los servicios brindados.-
Para el caso en que se le fuera entregada al citado funcionario una fotocopia de la documental requerida, previa certificación respecto de su autenticidad, deberá ser intimado el Sanatorio requiriente a la conservación del original en carácter de depositario hasta el tiempo en que fuera intimado a la presentación del mismo.-
Todo elemento relacionado con la atención médica referida que fuera insusceptible de fotocopiado deberá ser entregado al Sr. Oficial de Justicia para el mejor cumplimiento de la medida solicitada quedando reservado en ese Juzgado hasta el tiempo procesal oportuno.-
B. Pericial informática: Compuesta por la designación de un perito informático quien deberá constituirse en el domicilio del nosocomio requerido, sito en calle........., a los efectos de determinar el sistema, conforme lo estatuido por la ley 25.506, escogido para la confección de la historia clínica cuyo secuestro se requiere y de todo otro estudio médico relacionado con la atención brindada a mi conferente.-
En mérito a que, de acuerdo con el Código de Rito, las medidas requeridas se despachan inaudita parte, deberá V. S. dar instrucciones al experto actuante a los fines de evitar perjuicio al derecho a la inviolabilidad de la documentación privada del requerido, concerniente a su giro comercial y/o profesional.-
Asimismo, no corresponde participación de la defensoria oficial previo all diligenciamiento de las medidas solicitadas toda vez que las mismas se llevarán a cabo con la presencia de los requeridos, dando con ello fiel cumplimiento al requisito constitucional de la bilateralidad del proceso.-
4.- RAZONES FACTICAS: Me llevan a formular el pedido de las presentes medidas de prueba anticipada, respecto del secuestro de la historia clínica, el hecho que, como lo sostiene en forma conteste la doctrina autoral y jurisprudencial, dicha documental, en cuestiones relacionadas con responsabilidad por mala praxis médica, se enhiesta en el elemento vital que permite desentrañar, a través del análisis que especialistas formulen, la calidad de la atención brindada por los operadores intervinientes y, en su caso, determinar si medió daño, antijuridicidad, factor de atribución y nexo de causalidad adecuado.-
De allí la inesquiva necesidad de contar con tal documentación para no iniciar una demanda aventurada ante la carencia de sustentabilidad fáctica y jurídica.-
En cuanto a la pericia informática, su solicitud la formulo ante la posibilidad de una futura modificación en el sistema informático respecto al adoptado en el momento de la confección de la historia clínica, en ilícito beneficio de la entidad requerida.-
5.- JURISPRUDENCIA: La jurisprudencia se encuentra pletórica de fallos que asignan pleno aserto a las razones invocadas precedentemente, tanto en lo que atañe a la historia clínica como a la pericia informática y los requisitos procesales.-
Así, la Sala E de la Cámara Nacional en lo Civil, en autos “Martínez Manrique, René c. Ciudad de Buenos Aires, publicado en Doctrina Judicial Tomo 2004-1 sostuvo: “La historia clínica es un elemento útil para juzgar la conducta de los profesionales de la medicina –en el caso, se responsabilizó a los médicos por mala praxis respecto de un recién nacido cuya historia clínica presentaba deficiencias-, pues su valor probatorio se vincula con la posibilidad de calificar los actos médicos realizados conforme a estándares –como adecuados y exhautivos, inadecuados e insuficientes- y coopera para establecer la relación de causalidad entre ellos y los eventuales daños sufridos por el paciente.-“
Por su parte, la Sala L de la Cámara Nacional en lo Civil, tuvo oportunidad de pronunciarse, en los actuados “Adobe Systems Inc. c. Cambios Trade Travel S.A.”, en el sentido que “El objeto de la anticipación probatoria que legisla el art. 326 del CPCC. es asegurar pruebas de realización dificultosa o imposible en el período procesal correspondiente. Con la finalidad de que la prueba no desaparezca con posterioridad, se han acordado también, como cautela sobre un medio probatorio ciertas medidas, sin las cuales la parte que ha de demandar vería frustrado su derecho –ej. secuestro de una historia clínica. Ante lo avanzado de la técnica informática, no resulta hoy dificultoso alterar o suprimir datos aún en los discos rígidos.-“
Por último, la Sala I de la Cámara Nacional en lo Civil se expidió, en autos “Radaeli, Desulina c. Clínica Privada Tristán Suarez S.A.” afirmando: “Corresponde revocar la resolución que dispuso la citación de la defensoria oficial, previo al diligenciamiento de los oficios ordenados con el objeto de obtener el secuestro de la historia clínica de la actora de acuerdo a lo establecido en el art. 326 inc. 2 del Código Procesal, toda vez que la recepción de la prueba habrá de practicarse en presencia de las demandadas, contando éstas con la posibilidad de fiscalizar lo actuado y, entonces, la bilateralidad que requiere el principio de contradicción habrá de tenerse por cumplida sin intervención de la defensora oficial.-“
6.- DERECHO: Fundo la presente en los artículos 326, concordantes y correlativos del Código de Procedimientos en lo Civil y Comercial y las disposiciones contenidas en la ley 25.506.-
7.- PETITIO: Por todo lo expuesto, a V. S. solicito:
I) Me tenga por presentado, con domicilio legal constituido y en el carácter acreditado a tenor del poder que acompaño para su incorporación en autos.-
II) En dicha calidad, tenga por promovida la presente medida de prueba anticipada.-
III) Ordene el secuestro de la historia clínica individualizada ut supra, impartiendo al Oficial de Justicia actuante, las indicaciones solicitadas respecto de la forma de llevar a cabo la medida.-
IV) Se designe Perito Informático a los efectos de la ejecución de la pericia requerida, impartiéndosele las directrices pertinentes en procura de evitar a la requerida los perjuicios señalados en el cuerpo del presente escrito.-
Provea de conformidad
Y JUSTICIA SERA
 #356056  por msal
 
gracias abogado 1987 por el escrito que me mandaste. Aprovecho para preguntarte si será factible que pida la historia clinica sin tener que iniciar el expte judicial de prueba anticipada. Me la darán invocando solamente mi condicion de abogado ?
 #356065  por abogado_1987
 
msal escribió:gracias abogado 1987 por el escrito que me mandaste. Aprovecho para preguntarte si será factible que pida la historia clinica sin tener que iniciar el expte judicial de prueba anticipada. Me la darán invocando solamente mi condicion de abogado ?
Msal, de nada, prefiero promover prueba anticipada por >

"Es práctica corriente acudir, para que la pretensión del secuestro de la historia clínica sea despachada favorablemente, a los términos contenidos en el artículo 323 -concordantes y correlativos- del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y sus respectivas normas similares en el orden provincial.-

Evocamos el fallo dictado en autos “Villegas, Hecle c. Hospital Británico” por la Sala C de la Cámara Nacional en lo Civil en fecha mayo 12 de 1998 por entender que resulta de utilidad para los supuestos de denegatoria en despachar la medida de marras.- (2)"

Demanda por mala praxis médica
Recomendaciones a la hora del secuestro de la historia clínica
Por Roberto Angel Meneghini
 #356077  por msal
 
Gracias nuevamente por tu respuesta. Pero si lo solicito judicialmente, debo pagar bono, ius, y mi cliente es una mujer de bajos recursos. Además quier ver si la accion esta prescripta ya que fue en el año 1997. (lo unico que quiero constatar es que ella dice que recien se enteró de lo que le hicieron en el año 2000, cuando a raiz de un estudio realizado en ese año se le constató que en esa cesarea se le habia hecho un ligadura de trompas (por algun motivo que ella desconoce) sin su consentimiento.
 #356096  por abogado1987
 
msal escribió:Gracias nuevamente por tu respuesta. Pero si lo solicito judicialmente, debo pagar bono, ius, y mi cliente es una mujer de bajos recursos. Además quier ver si la accion esta prescripta ya que fue en el año 1997. (lo unico que quiero constatar es que ella dice que recien se enteró de lo que le hicieron en el año 2000, cuando a raiz de un estudio realizado en ese año se le constató que en esa cesarea se le habia hecho un ligadura de trompas (por algun motivo que ella desconoce) sin su consentimiento.
Msal, de nada ... 1ero estudiaría la prescripción o no de la acción y en su caso solicitaría judicialmente el secuestro de la historia clínica ...
 #356109  por Mordisco
 
La Historia Clínica es la prueba principal en un juicio por mala praxis. En la Argentina pasa de ser un documento privado a un documento público cuando la solicita un juez.

“¿Cuáles son los pasos a dar antes de iniciar un juicio?”
Antes de presentar la demanda, es imprescindible contar con toda la documentación médica que se pueda conseguir sobre el caso en cuestión. Para ello, el abogado deberá iniciar las correspondientes acciones judiciales a fin de lograr una orden de secuestro de la historia clínica y demás registros sobre el tratamiento brindado al paciente. En función de ello se obtendrá, luego, el informe médico a que hacíamos referencia en párrafos anteriores.

“¿Es aconsejable que la víctima, o sus herederos, vayan a la clínica o sanatorio a pedir una copia de la historia clínica, o confronten al médico?”
Absolutamente NO. Todas las gestiones tendientes a obtener documentación médica deben ser realizadas por medio de un abogado. La futura parte demandada no tiene por qué enterarse, bajo ningún concepto, de que se está investigando su actuación profesional.

Fuente: http://www.malapraxisvictima.com.ar/pf.htm
 #356121  por msal
 
Mordisco escribió:La Historia Clínica es la prueba principal en un juicio por mala praxis. En la Argentina pasa de ser un documento privado a un documento público cuando la solicita un juez.

“¿Es aconsejable que la víctima, o sus herederos, vayan a la clínica o sanatorio a pedir una copia de la historia clínica, o confronten al médico?”
Absolutamente NO. Todas las gestiones tendientes a obtener documentación médica deben ser realizadas por medio de un abogado. La futura parte demandada no tiene por qué enterarse, bajo ningún concepto, de que se está investigando su actuación profesional.

Fuente: http://www.malapraxisvictima.com.ar/pf.htm

Gracias a vos tambien mordisco por contestar.
La carta la iba a enviar yo como abogado. Lo que queria saber es si podia enviarla solicitando la historia clinica sin necesidad de iniciar un proceso, por que es muy probable que este prescripto, y no queria hacerla entrar en gastos a la consultante.
 #356135  por Mordisco
 
Dr Jorge Viotti escribió: Que es lo primero que debo hacer ante una Mala Praxis?
Cuando Ud. sospeche que su médico lo ha perjudicado con su mala actuación profesional, lo primero que debe hacer es solicitar la Historia Clínica en el establecimiento donde la atendieron. Algunas establecimientos requieren que el pedido se efectúe por escrito, con firma de un abogado, etc, otros no, eso va a depender del establecimiento.

¿Que hago si no me la quieren entregar?
Si la historia clinica es negada, deberá solictitarla su abogado mediante la vía judicial quien incluso puede contar con la fuerza pública (auxilio de la policía), si fuera necesario. Es un trámite que se hace presentando un escrito ante el juez competente quien ordenará las medidas necesarias.

Y si no la encuentran, que hago?
Cuando la historia clinica es extraviada, como cuando haya sido adulterada, se traduce en presunción en contra de la Clinica u Hospital, perdiendo cualquier posibilidad de excusar su responsabilidad demostrando una actuación diligente, ya que no existe una historia clinica que sirva a tales fines y la carga de la prueba se invierte, osea, es la clínica la que deberá probar su diligencia y el paciente únicamente el daño causado.
 #356158  por msal
 
mil gracias abogado 1987 y mordisco por sus indicaciones.
 #356479  por enzo fernando costa
 
Los excelentes aportes que preceden me eximen de hacer uno propio. No obstante, y a título doctrinario, quiero hacer una observación: la historia clínica no puede convertirse en documento público por el sólo hecho de ingresar al expediente. Estoy con Ghersi en que la figura que más se aproxima es la de los libros obligatorios de comercio; Diario, y Mayor, para el caso.
Auditar una historia clínica es -mutatis mutandi- lo mismo que auditar los libros y cuentas de una empresa o negocio: los asientos diarios de la H.C. deben guardar perfecta correlación con los protocolos de laboratorio, imágenes, interconsultas report de enfermería, controles de signos vitales, etc., de igual modo que el Diario debe guardar perfecta correlación con la cuentas "T" y el Mayor en la teneduría de la empresa.
Lo difícil es concientizar esto en los tribunales, de modo que cuando un establecimiento demandado revolea un fárrago desordenado de papelotes, el Juez entienda que no se está llevando adecuadamente los "libros", y eso ya de por sí está diciendo algo muy importante. Igualito que en el comercio, ¿vió?...
 #356522  por msal
 
Muy bueno y oportuno tu aporte enzo,
gracias
 #357143  por nopb534
 
Leyendolos me surgio la necesidad de escribirles; les paso a comentar... en estos días una prima mia fue victima de una mala praxis, sinceramente nunca he realizado gestiones en ese campo. Serían tan amables de pasarme algo de doctrina, jurisp y practica judicial como para ir armando algo (el tema viene por un parto natural que termino en cesarea, a raiz de ello se hicieron 5 operaciones mas, la mujer (16 años) perdio su utero y con eso toda posibilidad de procrear, hoy fue trasladada sin saber mas que hacer a un centro de alta compl. de Junin esta grave y en terapia siendo que su estado de salud inicial era inmejorable). Si tenen algo previamente armado sobre ese tema por favor pasanmelo. Un abrazo grande. Nelson