Hola ... Les escribo para ver si alguien me puede sacar una duda.
Estoy terminando una sucesion y el juez me ordena cumplir con el art. 5 Ley 22427.
Dicho articulo dice : "No se requerirán las certificaciones de deuda líquida y exigible y se podrá ordenar o autorizar el acto y su inscripción, cuando el adquirente manifieste en forma expresa que asume la deuda que pudiere resultar, dejándose constancia de ello en el instrumento del acto. La asunción de deuda no libera al enajenante quien será solidariamente responsable por ella frente al organismo acreedor."
La idea es hacer un tracto abreviado entre los herederos; uno de los herederos le vende al otro.
Como dato comento que el dpto no tiene deuda alguna y ya se acreditó eso en el expte.
De ahi mi confusión.
A que tipo de deuda se refiere el articulo ??
Que deuda tendría que asumir quien compra ?? deuda del dpto o deudas que pudiera tener quien le vende y tambien es heredero?? porque en ese caso me imagino que el escribano pedirá las inhibiciones etc... o no?
A ver si alguien me ayuda.
Gracias
Milla
Estoy terminando una sucesion y el juez me ordena cumplir con el art. 5 Ley 22427.
Dicho articulo dice : "No se requerirán las certificaciones de deuda líquida y exigible y se podrá ordenar o autorizar el acto y su inscripción, cuando el adquirente manifieste en forma expresa que asume la deuda que pudiere resultar, dejándose constancia de ello en el instrumento del acto. La asunción de deuda no libera al enajenante quien será solidariamente responsable por ella frente al organismo acreedor."
La idea es hacer un tracto abreviado entre los herederos; uno de los herederos le vende al otro.
Como dato comento que el dpto no tiene deuda alguna y ya se acreditó eso en el expte.
De ahi mi confusión.
A que tipo de deuda se refiere el articulo ??
Que deuda tendría que asumir quien compra ?? deuda del dpto o deudas que pudiera tener quien le vende y tambien es heredero?? porque en ese caso me imagino que el escribano pedirá las inhibiciones etc... o no?
A ver si alguien me ayuda.
Gracias
Milla
