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  • EXCLUSION DE HERENCIA. CONYUGE SEPARADO DE HECHO

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 #357359  por esalvana
 
Estimados,

Les consulto acerca de vs. pareceres respecto del siguiente caso:

Me consultan 3 hijos por el fallecimiento de su madre. La misma estaba casada desde el año 1965, de cuya unión nacieron mis clientes. En el año 1981 al marido abandona el hogar. Nunca más nadie tuvo noticias de su paradero. La causante, luego de transcurrido un tiempo prudencial, radica una denuncia en el juzgado de paz por el abandono voluntario y malicioso del hogar. En el año 1984 se le otorga la tenencia provisoria a la causante de sus hijos menores.

La intención de los hijos, es dejar fuera de la sucesión al padre.

En base a ello, me propongo plantear la exclusión de herencia del cónyuge superstite separado de hecho por abandono de hogar conyugal.

Suponiendo que dicho planteo fuese el correcto, mi duda es en que oportunidad procesal materializarlo? Enel primer escrito de la declaratoria? Luego de la declaratoria, en un incidente? Entiendo que la doctrina mayoritaria habla de la necesidad de un ordinario para dar posibilidad al debate.

Desde ya les agradezco todo aporte.

Saludos.
 #357401  por amg
 
La separación de hecho no lo excluye de la herencia aun cuando haya hecho abandono del hogar. Analiza el tema de usucapión contra el coheredero que posteamos no hace mucho tiempo.
 #357483  por pompona
 
La respuesta te la da el art. 3575 del Código Civil "cesa la vocación hereditaria entre cónyuges si viviesen separados sin voluntad de unirse...
Esa parte del art. se ajusta a tu caso.
Antes de la ley de divorcio no había plazo para indicar de cuanto debía ser la separación para que cesara la vocación hereditaria. Con la ley como fija un plazo de 2 años sin voluntad de volver a unirse para tramitar divorcio, se decidió que ese era el plazo a acreditar para excluir de la herencia al cónyuge separado de hecho.
Yo presentaría en la demanda que era casada sin voluntad de unirse y por eso se debe excluir al esposo como heredero. Poné que para el caso de que el juez lo considere necesario ofrecés medios de prueba de lo que decís: por ej, los vecinos y amigos que visitaban a la enferma que declaren que nunca lo vieron o, por lo menos nunca lo vieron luego de que la abandonó. El resumen de la boleta de teléfono indicando entradas y salientes de llamadas para probar que no se hablaban siquiera telefónicamente. La denuncia si la tienen del abandono de hogar.
Espero te sirva.
Suerte.