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 #357601  por jeanvaljean02
 
¿En qué momento se registra a una persona en dicho registro? Me consulta alguien que fue condenado en 1º instancia (delito federal, prisión en suspenso por no tener antecedentes), en Casación ratificaron la condena y en la Corte (recurso de queja) dejaron prescribir la causa. Yo entiendo que no debe registrar antecedentes porque la condena nunca estuvo firme, ¿será así? ¿O mejor para salir de dudas pedimos informe al Registro Nacional de Reincidencia?
JV
 #357673  por poorlaw
 
Por lo menos debe estar anotado el procesamiento. Si lo sobreseyeron por prescripción de la acción penal, habrá que verificar que el tribunal lo haya comunicado al Registro. Mirá, cada vez que le pintaban los dedos, es porque se comunicaba algo al Registro, sea bueno o malo. Fijate la ley del Registro, art. 2º: Ley 22.172 en Infoleg.

Saludos.