ESTIMADOS COLEGAS.. UNA CONSULTA PARA LOS QUE LITIGUEN EN LOS TRIBUNALES DE FAMILIA DE LA PROVINCIA DE CORDOBA.. SE PUEDE PLANTEAR BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS, EN LAS HOMOLACIONES DE CUOTA ALIMENTARIA POR PARTE DE LA ACTORA ( O sea la titular de la accion a favor de sus hijos menores) GRACIAS