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  • Clausura de la Instrucción?? consulta:

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 #358555  por DrSan
 
Estimados Penalistas! recurro a uds. para hacerles una consulta, ya que me encuentro llevando una causa penal por lesiones donde hice presentación de mi cliente como particular damnificado en miras de posteriormente presentarla como actor civil.-
La pregunta es: puedo como particular damnificado pedir la clausura de la instrucción dado que no existes mas pruebas que producir o que mi patrocinada pueda aportar?
Agradezco a todos, la verdad que estoy un poco perdido con esto...
Saludos!!
 #358570  por feragus
 
Sí, aunque lo que en realidad tenés que pedir es que se te corra vista para formular el correspondiente requerimiento de elevación a juicio. Yo lo haría así: que en atención a que se encuentra agotada la etapa investigativa, solicito que se corra vista sucesiva a esta parte y al ministerio público fiscal en los términos de los arts. 346 y sgtes del CPP (supongo que es Capital), a fin de que nos pronunciemos sobre el mérito de la etapa instructoria.
 #358751  por DrSan
 
feragus escribió:Sí, aunque lo que en realidad tenés que pedir es que se te corra vista para formular el correspondiente requerimiento de elevación a juicio. Yo lo haría así: que en atención a que se encuentra agotada la etapa investigativa, solicito que se corra vista sucesiva a esta parte y al ministerio público fiscal en los términos de los arts. 346 y sgtes del CPP (supongo que es Capital), a fin de que nos pronunciemos sobre el mérito de la etapa instructoria.
Gracias Feragus!, la causa es en provincia de Buenos Aires.-
Saludos!
 #358948  por DrSan
 
ñoser escribió:No podes, es potestad del ministerio público.
Gracias Ñoser!, saludos!