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  • renunció y no le pagaron

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 #359213  por marcede
 
Hola a todos. quería preguntarles si un trabajador presentó su renuncia a fines de abril y hasta la fecha no le abonaron nada , debo intimarlos a que pongan la liquid final a su disposición, le cabe alguna multa al empleador por el retraso en el pago??
gracias.
 #359218  por pablo28
 
hola marce intimalo al pago de liquidacion final y certificado de trabajo (art 80 LCT).
Ponele asi "Atento a la falta de entrega de certificado de trabajo art 80 LCT y no habiendo abonado la liquidacion final, intimole plazo 48 hs haga efectivo el pago de los dias trabajados, vacaciones proporcionales no gozadas y sus respectivos SAC , y asimismo haga entrega del certificado de trabajo, bajo apercibimineto de reclamarlos judicialmente"

Espero t sirva de algo, salu2
 #361372  por draleticiacamps
 
marcede escribió:Hola a todos. quería preguntarles si un trabajador presentó su renuncia a fines de abril y hasta la fecha no le abonaron nada , debo intimarlos a que pongan la liquid final a su disposición, le cabe alguna multa al empleador por el retraso en el pago??
gracias.
hola chicos una duda: yo intime por el no pago de liquidacion final en una renuncia y hay silencio del empleador debo enviar otro telegrtama reiterando? o como me sugieren proseguir???? ....se nota soy NOVATA ...JAJAJA
gracias por cualquier dato
saluditos

Leti
 #361828  por aguchi
 
Hola!
COn respecto a la liquidación final, ya estás en condiciones de presentar la demanda o SECLO (de esto no entiendo nada, soy de Cba), pero acordate que para que proceda la multa del art. 80 LCT, tenes que intimar una vez pasados 30 días desde la ruptura de vínculo.(decr. 146/01)
O sea, yo intimaría de nuevo por 48 hs para la entrega de las certificaciones. Y recién ahí iniciaría la demanda.
Saludos!