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  • Retencion indebida por parte de un tallerista

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 #27171  por Luis Silva
 
Alguien me puede aconsejar que me conviene más. Hacer la denuncia penal o demanda civil. Por que via es màs rápida la restitución del vehículo?. Aclaro que el tallerista recibió parte del pago pactado y no terminó el trabajo, y lo poco que hizo lo hizo todo mal (es un chapista). Tengo los recibos firmados por él y el correspondiente presupuesto también firmado.

Gracias.
 #27990  por Luis Silva
 
Que pasa?, nadie puede contestar la pregunta?. Hace más de una semana que realicé la consulta y nadie tiene los suficientes conocimientos para responderla?.

Luis.

 #28869  por Administrador
 
Estimado Luis Silva: lamento que no haya tenido una respuesta instantanea a su pregunta; los usuarios del Foro suelen rapidamente evacuar las consultas de los colegas, con muy buena voluntad y el 100% de sus conocimientos. Le respondo brevemete:
El tallerista esta ejerciendo lo que el cree es el derecho de retención por un trabajo que realizó y no esta totalmente pago. Ud. por su lado aduce que el trabajo realizado no es el pactado. Lo que corresponde es intimarlo primero por CD a que realice la entrega del auto bajo apercibimiento de iniciar acciones por incumplimiento de contrato y daños y perjuicios.-
 #29150  por adriana
 
Hola leí lo que bublicaste, por que tengo un caso de un cliente en el cual me parecía viable iniciar un juicio por restitución, lo estoy estudiando, le envié dos cartas documentos contesto una y no supe nada más del requerido...
Pero te comento lo que tengo en mente, haber si te sirve...
ya intimé por cd. se niegan y desconocen que haya algo que restituir.
en mi caso son maquinarias, tractores, etc....
2° ahora pensaba hacer denuncia penal en fiscalia, con los datos de todas las maquinarias y en la misma q conste que si bien en un momento las maquinas fueron dejadas en custodia de esta persona... pasaros varios años reiterados reclamos telefonicos e intimación por CD, ante negativa y desconocimiento de él... , hago la denuncia para q se investigue si las maquinas estanen el domicilio de éste último., de ser así (hasta aca podrías hacerlo igual, no???)
imagino que si las maquinas son encontradas allí, las secuestraran y se las restituiran a mi cliente....
luego pienso iniciar daños y perjuicios.... Obvio terminado lo penal...
que opinan??
saludos
adriana
 #29158  por Pandilla
 
Holis adriana, algunos opinan que, para dar inicio a la presentación civil por Daños y Perjuicios, es mejor hacerlo junto con la presentación penal, (esto lo dicen pora evitar, posibles contratiempos, con la cuestión de la Prescripción de la Acción Civil). Otros dicen que para hacer la presentación civil, hay que esperar que finalise la instancia penal.
En fin, tal vez, "sea mejor exceso de prevención, que sorpresa en el final".
Chequee mís dichos.

Saludos, El Aprendiz de Boga, :lol:
 #29161  por adriana
 
Pandilla escribió:Holis adriana, algunos opinan que, para dar inicio a la presentación civil por Daños y Perjuicios, es mejor hacerlo junto con la presentación penal, (esto lo dicen pora evitar, posibles contratiempos, con la cuestión de la Prescripción de la Acción Civil). Otros dicen que para hacer la presentación civil, hay que esperar que finalise la instancia penal.
En fin, tal vez, "sea mejor exceso de prevención, que sorpresa en el final".
Chequee mís dichos.

Saludos, El Aprendiz de Boga, :lol:
hola , gracias por le dato, me hiciste acordar, que cuando se inician juntas, aparentemente, la sentencia en lo civil recae luego que se resuelve lo penal... puede ser???
gracias, adriana
 #29198  por Pandilla
 
adriana, hasta donde sé, así es. O sea, haciendo juntas la presentación penal y la civil, esta última entra "en reposo" hasta que se defina la acción penal.

Saludos y suerte, El Aprendiz de Boga, :lol:
 #29417  por Luis Silva
 
Primero quiero pedir disculpas si ofendí a algún miembro de la comunidad aclaro que no fué esa mi intención.

Ahora hago una ampliación del tema. Pasados 5 meses desde el momento que se entragó la camioneta para su reparación (se pactó 20 días) y luego de innumerables visitas y reclamos se envia una CD en la que se intima a la entrega de la misma en los términos pactado, dando un plazo de 10 dias. A lo cual responden con otra CD indicando que la entregarán lista en 15 días màs y con un sobre precio de $500, más lo faltante ($1.000) pactado para el momento de finalizado el trabajo, en caso de no concurrir ese día harán uso del derecho de retención, más las acciones legales que correspondan.
Ese día en presencia de un escribano se labra un acta ya que en el taller no se encuentra nadie, como era de esperar ya que los trabajos pactados no estaban terminados y lo poco que estaba hecho fué realizado muy mal, al punto que habrá que realizar todo el trabajo nuevamente.
Por lo cual se inicia la demanda por la via civil, pero el Juez determina desde el comienzo, cuando se pide la restitución del vehículo, que el mismo es el tema de conflicto y por lo tanto no debe restituirse.
En estos momentos se ha podido comprobar que la camioneta está más destruida que cuando se la entregó, debido a los malos trabajos realizados.

Consultada la fiscalía (de la parte penal) dicen que corresponde la restitución y la denuncia por retención indebida y que ellos en no más de 15 días la pueden restituir, luego de la correspondiente denuncia y el allanamiento del taller.

La pregunta del millón es si es realmente así, ya que consultando a varios abogados del lugar, (Villa Carlos Paz) dicen que no es así. que van a cajonear el expediente y que ademàs demorará el proceso civil.
También quisiera saber que problemas puede tener el demandante si hace la denuncia penal y no prospera.

Desde ya muy agradecido si me aclaran el panorama y perdonen las molestias.

Luis.