Hola les pregunto:
Voy a presentar demanda por servicio domestico, es en provincia,
1- a mi cliente el demandado la citaba a su empresa y ahí le pagaba el sueldo, tengo para agregar recibos de pago que eran firmados por la secretaria del demandado, en los cuales ella firmaba poniendo el nombre de su jefe (el demandado), les pregunto como puedo ponerlo en la demanda para que me sirva de prueba el tema es que no conocemos mas que el nombre de pila de las 2 secretarias que firmaban, como se puede hacer en esta circunstancia para poder usar esta prueba y citarlas a ellas como testigos y plantear pericia caligráfica, o debo desistir de esta prueba ya que no conozco el apellido de las secretarias????
2. en el modelo de demanda servicio domestico que baje del foro se plantea:
EN SUBSIDIO SE PLANTEA INCONSTITUCIONALIDAD DE LAS LEYES 23.928, 25.561 Y DECRETO 214/02.
Hay que considerar al momento del dictado de la sentencia cualquier envilecimiento, cambio o desfasaje que se produjere en la moneda durante el transcurso del juicio, a los efectos que se mantenga incólume el principio de reparación integral a que tiene derecho el actor, por lo que en subsidio se plantea la inconstitucionalidad de la ley de convertibilidad 23.928, en cuanto que de ella han quedado normas vigentes, y su modificatoria la ley de emergencia pública y económica 25.561 y su decreto modif. 214/02.
La ley 23.928 y su modificatoria la ley 25.561 se refiere al tema planteado en los arts. 1.4.), 2, 4.7), 4.10), 19 y concordantes. Las normas precitadas dejan sin efecto a partir del 01.04.91 y el 07.01.02 el mecanismo de actualización por depreciación monetaria para los créditos provenientes de las relaciones individuales de trabajo. En consecuencia, las normas legales citadas resultarían inconstitucionales.
Por ende, en tiempo y forma y subsidiariamente se plantea la inconstitucionalidad de dicha normativa legal, por lesionar el derecho de propiedad y los llamados derechos sociales……
Esta bien debo de ponerlo también, en la actualidad se sigue planteando así este tema?????
Gracias por su respuesta.
Voy a presentar demanda por servicio domestico, es en provincia,
1- a mi cliente el demandado la citaba a su empresa y ahí le pagaba el sueldo, tengo para agregar recibos de pago que eran firmados por la secretaria del demandado, en los cuales ella firmaba poniendo el nombre de su jefe (el demandado), les pregunto como puedo ponerlo en la demanda para que me sirva de prueba el tema es que no conocemos mas que el nombre de pila de las 2 secretarias que firmaban, como se puede hacer en esta circunstancia para poder usar esta prueba y citarlas a ellas como testigos y plantear pericia caligráfica, o debo desistir de esta prueba ya que no conozco el apellido de las secretarias????
2. en el modelo de demanda servicio domestico que baje del foro se plantea:
EN SUBSIDIO SE PLANTEA INCONSTITUCIONALIDAD DE LAS LEYES 23.928, 25.561 Y DECRETO 214/02.
Hay que considerar al momento del dictado de la sentencia cualquier envilecimiento, cambio o desfasaje que se produjere en la moneda durante el transcurso del juicio, a los efectos que se mantenga incólume el principio de reparación integral a que tiene derecho el actor, por lo que en subsidio se plantea la inconstitucionalidad de la ley de convertibilidad 23.928, en cuanto que de ella han quedado normas vigentes, y su modificatoria la ley de emergencia pública y económica 25.561 y su decreto modif. 214/02.
La ley 23.928 y su modificatoria la ley 25.561 se refiere al tema planteado en los arts. 1.4.), 2, 4.7), 4.10), 19 y concordantes. Las normas precitadas dejan sin efecto a partir del 01.04.91 y el 07.01.02 el mecanismo de actualización por depreciación monetaria para los créditos provenientes de las relaciones individuales de trabajo. En consecuencia, las normas legales citadas resultarían inconstitucionales.
Por ende, en tiempo y forma y subsidiariamente se plantea la inconstitucionalidad de dicha normativa legal, por lesionar el derecho de propiedad y los llamados derechos sociales……
Esta bien debo de ponerlo también, en la actualidad se sigue planteando así este tema?????
Gracias por su respuesta.