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  • PREGUNTAS SOBRE ALLANAMIENTO????

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 #366186  por luchbet
 
Hola foristas estoy aprendiendo penal y hay muchas cosas que aun me cuesta entender y saber, por lo que considero que estaria bueno abrir este post, para que nos saquemos dudas, no solo las mias, sino que agreguemos algunas cuestiones que ocurren respecto a este tema ALLANAMIENTO
- se puede esposar a las personas que se encuentran en el lugar si no representan peligro???? o siempre es una practica??'
-si en el allanamiento se secuestran sumas de dinero hay que especificar la numeracion de la misma aunque sean muchos billetes???en caso de que no se realice como demuestro que ese dinero que se secuestro no pertenece a un delito si en el delito tampoco esta especificada la numeracion?????'
- bueno espero que ademas se agreguen a ms dudas otras consultas o algunas cuestiones a respetar o tener en cuenta en los ALLANAMIENTOS, gracias a todos
 #366371  por Pandilla
 
Hola luchbet, entiendo que, de primera, sería de mucha utilidad agregar la Normativa que rige al Instituto, y de ahí ir analizando el juego entre la teoría y la doctrina con realidad.
Igual, espere otras opiniones.

Saludos.
 #366837  por August
 
te tratare de responder en orden:
1) siempre se trata de esposar aun a gente que pueda quedar en duda sobre su peligrosidad, imaginate vos haciendo un allanamiento donde entras a un lugar que no conoces, donde no sabes con que clase de gente te vas a encontrar y la muy alta posibilidad de que este armada, sin entrar a mas detalles se hace por una cuestion de seguridad propia del personal policial que resguarda su integridad fisica (no se justifica si hay un niño el hecho de esposarlo).
2) en este punto el dinero secuestrado tiene que haber sido previamente detallado en la orden de allanamiento, sino esta mal secuestrado y todos los actos que deriven de ese dinero caeran por nulidad, lo que la policia hace en caso de encontrar elementos delictivos no detallados en el allanamiento es dar intervencion al fiscal de turno para pedir directivas, es decir que se investiga inicialmente como un nuevo delito y se estudia su conexion.

espero haber sido util
 #366937  por luchbet
 
ademas la policia que es la que procede al allanamiento tiene un horario porque la orden sale en el dia pero lo realizan siempre a ultima hora, se puede??????
-ademas una vez terminado el allanamiento la policia de investigaciones en el caso que me paso puede ordenar a los moradores que no salgan del perimetro de la casa???? cual seria el sentido??? les dijo que no posian salir por 2 dias hasta que ellos le avisen¡¡¡¡¡
 #367072  por luchbet
 
estoy de acuerdo con PANDILLA y si no es mucho pedir sr. pandilla podra aportar su material al que hace referencia. Asi ir construyendo algo mas sólido
 #367309  por poorlaw
 
luchbet escribió:o siempre es una practica??'
No siempre, depende de las circunstancias. Cuando se adivina que es una causa "pesada", de esas que la orden manda buscar personas jodidas, o cosas como armas, o causas por estupefacientes, sí, es como dice august. Pero, si se trata de un allanamiento a una oficina, en una causa por ejemplo, de retención indebida, buscando un libro en una administración de consorcio, o en una de evasión impositiva, no se detiene ni esposa a nadie: es más, te tocan el timbre, te piden disculpas antes de entrar y esperan a que llegue el abogado (los de la Federal son macanudos en eso 8) )
luchbet escribió:si en el allanamiento se secuestran sumas de dinero hay que especificar la numeracion de la misma aunque sean muchos billetes???
Es lo ideal, lo dicen los códigos: "los efectos secuestrados serán inventariados..." (art. 233 Nación; art. 226 ProvBsAs). Cuanto más precisa y ordenada sea el acta de sucuestro, menos motivos dará a nulidades u observaciones.
luchbet escribió:pero lo realizan siempre a ultima hora, se puede??????
No siempre, en más, la mayoría se realizan a primera luz de la mañana, cuando están todos mas bien dormidos... porque después viene lo más engorroso: redactar el acta, que puede llevar más tiempo que el allanamiento mismo, mientras el día acaba :lol:
luchbet escribió: les dijo que no posian salir por 2 dias hasta que ellos le avisen¡¡¡¡¡
Eso es un abuso, no creo que conste en acta... :|

Saludos.
 #367443  por luchbet
 
te comento porlaw y primero gracias al igual que a los que leen y participan me paso con unos clientes en caratula de hurto de dinero, los esposaron, actuo la policia de investigaciones DDI, obviamente se secuestro mas o menos 50 billetes de 100 pesos pero no los identificaron por numero de serie y numeracion, ademas ellos prohibieron que no salgan hasta el aviso de ellos y claro la policia asusta y asi se quedaron por mas que les comente que no hicieran caso al respecto, ademas de tener la orden en el dia lo hicieron a las 7 de la tarde en estos dias es oscuro, ademas no permitieron que el testigo sea del lugar es decir vecinos ( traen testigos siempre) ademas les desarmaron los celulares impidiendo que soliciten un abogado, no tengo tanta practica por lo que no se si se pueden hacer todas estas cosas???? gracias por lo aportado.
 #367470  por August
 
mira en primera medida esta bien el concepto que tenes referente a la hora, es decir que los allanamientos se hacen desde que sale hasta que se pone el sol, salvo en casos particulares donde la habilitacion de horario se encuentre justificada y precisada en la orden de allanamiento que SEGURAMENTE habran hecho, si en la orden no dice nada al respecto podes usarlo para dar por nula el acta, fijate en la copia que dejaron.
Por otro lado obviamente que desactivan todos los celulares, es mas hasta suelen secuestrarlo en muchos casos, vos diras que no podian llamar a su abogado, pero se hace tambien por cuestiones de seguridad, no hay nada (desde el punto de vista legal) que puedas alegar.
Por ultimo tenemos el tema de los testigos, obviamente los vecinos no le sirven a la policia, porque hay chances de que conozcan al propietario de la casa lo que hace mas dificil el allanamiento, vos imagina que despues los testigos van al juicio oral y pueden declarar cualquier barbaridad, lo que ya generaria dudas para el tribunal pudiendo aplicarse el principio "in dubio pro reo", por eso se ahorran todos esos problemas y aun mas simplemente obteniendo un testigo de la calle de cualquier lado.

saludos
 #367553  por poorlaw
 
August escribió:los allanamientos se hacen desde que sale hasta que se pone el sol, salvo en casos particulares donde la habilitacion de horario se encuentre justificada y precisada en la orden de allanamiento que SEGURAMENTE habran hecho, si en la orden no dice nada al respecto podes usarlo para dar por nula el acta, fijate en la copia que dejaron.
Me recordás un caso reciente que salió en los diarios, aquí la nota de Clarín 21/5/08:

DECISION DEL TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MAR DEL PLATA / Anulan una causa por drogas porque allanaron de noche / Según la ley, los procedimientos deben hacerse de día. Caso contrario, el juez debe explicar por escrito las razones. Como no lo hizo, se anuló toda la causa y seis imputados quedaron libres.
 #367558  por jeanvaljean02
 
bueno, con la intención de aprender algo más (no saben lo bien que vienen estos hilos, además de que se hacen consultas otros aprendemos), cuando los preventores le piden a cualquier persona de la calle, que los acompañe para ser testigo de un allanamiento, esa persona, ¿está obligada a ir?
 #367712  por August
 
mira para responder a esto hay dos respuestas que se contraponen y que obedecen a factores distintos.
1) es la legal : la persona requerida por cualquier autoridad competente a los fines cumplir diligencias a los que son requeridos estan obligados a dar su colaboracion en virtud de ser una carga social. sus consecuencias a la negativa es el traslado a la dependencia mas cercana, respecto a las actuaciones a practicar realmente las desconozco, he visto fiscales que la caratulan "AVERIGUACION DE ILICITO" (solo lo vi una vez), otros, el 99 % te hacen una averiguacion de identidad al fin de verificar si no posee pedido de captura (te tienen las doce horas reglamentarias por no haber colaborado, como medida disciplinaria).
2) es la real: en la calle cuando un policia sale a buscar testigos salen a buscar a gente que sea docil, que no les complique la vida, en materia practica tampoco se ponen a llevar a la gente a la comisaria para hacerle una averiguacion de Identidad, porque su objetivo inmediato es un allanamiento y no llevar gente a la comisaria.

para mi la mejor solucion es referir que se van a trabajar y que cobran por dia, cosa de poder aludir que si no trabajan, no comen. y generar algo de "lastima".

Disculpen si por ahi la respuesta se fue del objeto del foro que es de caracter legal.
 #367767  por luchbet
 
A medida que voy leyendo y viendo cuantas cosas pasan en un allanamiento o las que no deberian pasar, acoto otra cuestion que suele pasar en estos allanamientos y no se como o quien es el responsable y es el ACTA del cual he tenido varios clientes a los cuales nunca NUNCA se les deja copia obviamente con firma de quienes cumplieron la diligencia. estoy en prov. de BS AS ( jurisdiccion de Azul) me gustaria saber si es habitual todo esto. gracias y esperamos los aportes de los mas entendidos...gracias a los que estan participando¡¡¡
 #768913  por marian2584
 
Hola veo que este post, no tiene actividad reciente...pero lo abro a fin d solicitar ayuda ya que lo que hasta aqui se ha aportado respecto de los allanamientos me ayudo mucho..! Soy nueva en la profesion y obviamente con poco practica penal, pero me han venido a consultar recinetemente por una imputación de hurto calificado.
Mi pregunta es la siguiente,en la orden de allanamiento solose ordena secuestrar una llave pertenenciente a una maquinaria marca, especificada con marca y una llave de dos paletas de una puerta, pero la policia procede a secuestrar cantidad de cosas mas que no estaban especificadas en la orden judicial, las cuales estan inventariadas en el acta. Esto haría nulo el procedimiento, no es asi?? Ahora, que plazo tengo para solicitar la nulidad??
 #768936  por Andres125
 
No hace nulo al procedimiento me parece. En todo caso no se convalidarán los secuestro que esten de más, y no podrían ser tenidos en cuenta para imputar otros delitos. Eso depende de que cosas hayan secuestrado que no especificaba la orden y en donde. Fijate que para buscar una llave hay que revolver cajones (es legitimo). Si dentro de un cajon hay un arma es obvio que la van a secuestrar , y seria válido.
Por eso, todo depende xD
Que cosas secuestraron de más?
 #769053  por marian2584
 
Andres..Disculpa...Lo de la nulidad lo vi en otro post sobre allanamientos...! ahora respecto de las cosas secuestadas son herramientas de trabajo, llantas de automoviles, cosas de ese tipo..es lo q me comenta el denunciado pero no pude ver el acta completa aun...Todo esto sin denuncia alguna y argumentando algo asi como "urgencia". Armas o cosas similares nada.