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  • DUDA: Cesión, donación, fideicomiso????

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 #366857  por aior
 
Hola...El caso x el cual escribo es el siguiente: Mi clienta compro una casa con su marido. Muchos años mas tarde se divorcian...El se junta (o casa) con otra mujer, con quien tiene nuevos hijos...
Me consulta su ex mujer q quiere (y el ex marido estaria de acuerdo) en transmitirle la propiedad a sus 5 hijos. Mi duda es: economicamente q me conviene sugerirle: q ambos hagan una cesion de derechos a favor de sus hijos, reservandose para ella el usufructo, o q hagan una donacion o un fideicomiso... En terminos economicos q me convendria mas? Una vez hecha la cesion/donacion/fideicomiso, q pàsos tendria q seguir la sra para q la propiedad pase a nombre de sus hijos en el registro?
tengo dudas ya q esta pareciera ser una tarea para un escribano (tal vez lo sea) de ahi el motivo x el cual escribo este mensaje... cualquier dato/informacion estoy seguro me va a ser de gran ayuda

saludos a todoss!!
 #366873  por GALA
 
Hola. Yo creo q lo mas economico es una donacion con reserva de usufructo si se trata de un unico bien, si no se es necesario el usufructo.- Esto lo hace un escribano y es el quien lo inscribe en el registro.- Esperemos mas opiniones.- Saludos y Suerte!.-
 #366931  por martinhm77
 
Hola, coicido con la colega, donación con reserva/constitucion de usufructo. Interviene un escribano que es quien inscribe en el registro.
El tema del usufructo fijate: por lo que decis "tu clienta compro una casa con su marido", ello es importante para ver como se va a constituir el usufructo. Suponiendo, como cabria entender de tus palabras, que tienen el 50% de la casa cada uno (marido y mujer) y la que se queda con el 100% del usufructo es ella, podrá hacer RESERVA de usufrcto solo por el 50% (el que se reserva es el titular registral en el porcentaje que tenga)... y luego los hijos CONSTITUYEN el usuf por el 50% (que estaba a nombre del marido) restante. Chequealo con el escribano, pero creo que es asi.-
Saludos
 #367056  por Saimereg
 
Hola, sería interesante saber a que hijos quieren hacerle la donación, ya que si son a los que tienen en común tu clienta y su ex marido, habría que tener en cuenta que se estaría afectando la legítima de los hijos del ex marido con su nuevo matrimonio, lo que convertiría al título de propiedad por donación, en un titulo observable, ya que los hijos posteriores tendrían acciones contra los hijos donatarios.- Esto teniendo en cuenta que la legitima de ellos se viera afectada.- Saludos
 #368500  por aior
 
gracias a todos por las repsuestas!!!
una duda: ellos, al divorciarse, no hicieron particion de los bienes...no seria mas conveniente (y menos oneroso) hacer un acuerdo de bienes por el cual el hombre le transfiere el 50% indiviso a su mujer (luego pido la homolagacion y listo)??? estuve investigando este punto y, la verdad, es q creo q seria lo mas conveniente...q opinan?
 #368552  por Saimereg
 
Mirá aior, yo le buscaría la vuelta en el sentido de que si haces una adjudicación por disolución de sociedad conyugal tendrías un doble gasto, es decir, el de la inscripción de dicha adjudicación y posteriormente el de la doncación con reserva de usufructo.- Lo bueno sería que si son codisponentes, el dominio del imueble pase directamente de ellos hacia sus hijos, fijate bien si haciendole una donación con reserva de usufruco a sus 5 hijos afecta la legítima de sus hijos posteriores (los que tienen con la nueva pareja), ya que de no verse afectada la legítima (quizás por ser su patrimonio bastante amplio) no habría problemas.- Otro tema, en el caso de que lleguen a ser codisponentes de más de un inmueble, podrías hacer permuta de partes indivisas.- La adjudicación por disolución también es una buena alternativa.-
Si llegás a recolectar más datos aportalos así podemos ser más cereteros.- Saludos.-
 #373057  por aior
 
muchisimas gracias Saimereg y Bridget...
Estuve conversando con la señora y me dijo que si era mas conveniente estaría de acuerdo en hacer un convenio sobre la division de bienes. Alguien me podria despejar estas dudas:
1) Al convenio sobre division de bienes habria q homologarlo (lo homologaran si el 50% q le transfiere su ex marido es lo unico q tenian en comun? A lo q voy es que estuve leyendo q algunos tribunales, si bien no exigen que se reparta 50% y 50% -ya que la "sociedad conyugal" ya esta disuelta, piden que haya cierta equivalencia....Alguien tiene alguna idea de cuan cierto es esto.
2) Cuánto (aprox) se estila cobrar x un convenio de division de bienes? Al momento de homologarlo podría solicitar BLSG (ya q ambos son de condición humilde)... Cuánto se supone que debería cobrarles x la homolagación?

Desde ya muchisimas gracias a todos y, si el tema de los honorarios no lo consideran oportuno tratarlo x aca, avisen y mando mi direccion de mail