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 #367337  por Let
 
Hola!!! Soy nueva en este foro ...
Quisiera conocer sus opiniones respecto a la posibilidad de tipificar de manera autónoma al incesto.
Si tengo bien entendido, no está tipificado actualmente en nuestro codigo penal; está previsto como agravante de delitos contra la integridad sexual cometidos por ascendientes, descendientes, etc...
Y sobre la posibilidad de considerarlos imprescripibles????
Gracias, estoy realizando un trabajo y me interesa conocers sus opiniones, participo en otros foros del portal y siempre el intercambio de ideas ha sido muy fructífero.
Saludos!
 #367380  por micalori
 
Hola, que interesante investigación.

El incesto nunca fue típico en nuestra legislación, y creo que fue una sabia decisión de los proyectistas, puesto que intervenir en contactos sexuales entre personas con capacidad para consentir libremente va en contra del resguardo constitucional del art. 19. El Estado no puede determinar una moral sexual como “la adecuada” (insisto, entre personas con aptitud para ejercer su voluntad y consentir), lo que haría negativamente al prohibir relaciones incestuosas entre adultos. O por lo menos resulta inadmisible en uno democrático.

Con relación a la prescripción, hay varios proyectos que prevén o bien la imprescriptibilidad o que el plazo comience a correr con la mayoría de edad (o haber alcanzado los 18 años) de la víctima. Desde ya que la imprescriptibilidad sería, a mi juicio, también inaceptable; máxime que está siendo aún discutida en casos de lesa humanidad.

Espero que tengas suerte con tu trabajo, saludos, Micalori.
 #367382  por jeanvaljean02
 
si hay consentimiento libre, que cada persona esté con quien quiera, de todas maneras, culturalmente tendemos a formar parejas fuera de nuestra familia, pero no estoy de acuerdo con que sea delito, eso sería imponer desde el estado una moral, es contrario al art. 19 CN (los actos privado que no perjudican a los demás están fuera de la órbita judicial)
saludos
JV
 #367385  por jeanvaljean02
 
la imprescriptibilidad es un instituto excepcional, para crímenes de lesa humanidad está bien, pero en general no debe aplicarse, vivríamos en un estado muy autoritario si así fuera
 #367570  por Let
 
Gracias a todos por sus opiniones.
Coincido en que tipificar el incesto sería contrario al art. 19 de la CN. Pero mi investigación apunta a generar alguna limitación cuando uno de los intervinientes es menor de edad y por supuesto, no consiente "libremente" la relación.. Por ello el tema de la prescripción, ya que investigando, encontré algunos casos, que a pesar de la denuncia de la víctima, no puede ser juzgado el delito de abuso sexual agravado por el vínculo en virtud de la prescripción de la acción. Eso me parece totalmente injusto, ya que por las connotaciones particulares de estos casos, no puede condicionarse el momento en que la víctima tome el valor (piensen que son casos de padres-hijos, sobrinos, etc) que implica acudir a la justicia para denunciar a un familiar.
Considero que debe tenerse especial precaución con los menores de edad, ya que son los más desprotegidos, ante situaciones aberrantes que nunca pueden considerarse consentidas, ni aún habiendo adquirido la mayoría de edad y habiendo dejado transcurrir el plazo de prescripción para accionar judicialmente.

Gracias.
 #367575  por jeanvaljean02
 
hay que mejorar los vínculos familiares, pero eso, no es tarea del derecho penal solamente. ¿Por qué pasa tan frecuentemente que hay abuso sexual en el seno de la familia? ¿Qué pasa en la sociedad? Tema que deben abordar sociólogos, psicólogos, educadores, legistas, etc, es más complejo que modificar la prescripción
Saludos
JV
 #367687  por Pandilla
 
Bueno, en algunas cuestiones coincido. Pero, ¿qué significa "imprescriptible", es un término equivalente a "eternible"?, pero, si no existe lo eterno, o lo eternizable, o lo eternible, ¿por qué habría de existir lo "imprescriptible"?. De ahí, "imprescriptible" es, entiendo, una Razón Política, una Cuestión de Estado, que puede o no tener una carga ideológica, o filosófica, o Jurídica.
Por otro lado, no hay dejar de tener en cuenta que cada étapa de nuestra vida (para algunos, sólo física e intelectual, o física, intelectual y emotiva; para otros, física y espititual, etc.), tiene su estado de sexualidad y su conciencia de sexualidad. Sin embargo, un niño o una niña, podría, en ese estado, no sentirse ni pensarse abusado/a; pero, si sentir, en su adolescencia, que fue abusado/a. Esto me lleva a pensar: "que algo te guste, no implica que eso sea lo que te convenga, o lo que le convenga a tu sexualidad". (Sobre ello, doy un ejemplo: "Una persona fuma durante años, un día decide dejar de fumar; pero, resulta que el organismo ya se acostumbró a la nicotina, y a su vez, resulta que, ahora, ese organismo pide y reclama aquello que siente como bueno y, en realidad, lo perjudica). O sea, a muchas criaturas, les gustan "esos jueguitos", y, aunque no lo paresca, "tienen conciencia de a lo que están jugando, y quiénes son las partes de ese juego", sólo que ese estado de la concienca, no es el estado de la concienca de, por ejemplo, una persona adulta. Así y todo, "los disparadores" del tema podrían ser muchos (y serían otros temas para tener en cuenta y analizar).

Saludos.
 #367808  por N A T A L I A
 
Hola Let!
Respecto del tema de la imprescriptibilidad para los delitos de abuso sexual a menores de edad, yo no estoy de acuerdo. Entre otras cosas por lo que plantea Jeanval. Hay que mejorar los vínculos familiares, sociales, y psicológicos de gente. No es un tema que se resuelva sólo con aplicación del derecho penal.
Además, de por sí, la imprescriptibilidad es un tema sumamente sensible, que si encuentro justificada en temas de los delitos de lesa humanidad, aún reconociendo en esto, ciertos temas discutibles.
La prescripción es un límite temporal al poder punitivo estatal y como tal es sumamente necesaria. Hoy nos parecen aberrantes estos delitos y los hacemos imprescriptibles, mañana además del abuso va a ser el homicidio, después el robo, y se corre un riesgo terrible.
Por otro lado, por ahí te sea de utilidad, hay varios proyectos de ley con estado parlamentario que proponen una modificación respecto de la prescripción de los delitos de abuso cuando la víctima sea un menor de edad; estableciendo que en estos casos la prescripción comenzará a correr a partir que la víctima cumpla los 18 años de edad.
http://www.diputados.gov.ar

Saludos! :mrgreen:
 #368449  por Let
 
Gracias Natalia por tu participación.. me podrías decir cuales son los proyectos a los que te referís con estado parlamentario? Porque yo encontré algunos pero son del año 2004.
Gracias
 #368519  por N A T A L I A
 
Hola!
Ahí van los que encontré:
2405-D-2009
4625-D-2007 (Reproducido este año, o sea que cuenta con estado parlamentario)

El resto ya no se encuentra con estado parlamentario.

Saludos!
 #368571  por Let
 
mil gracias natalia!!!!!!!!!!!!