Buenos dias. Soy abogado de capital federal desde hace 1 año, y nunca ejerci, y necesito ayuda para asesorar a un amigo que tiene un divorcio de comun acuerdo, con un hijo menor de 2 años
tengo un par de dudas, que espero me puedan ayudar a resolver:
1- conviene hacerlo por el art. 214 inc.2 o por el 215?
2- respecto a la cuota alimentaria, es necesario poner un porcentaje del neto que cobra o se puede poner una suma en $ mas por ejemplo la prepaga para el menor?
3- hoy en dia la madre vive con la menor en el departamento que es bien propio de mi amigo...no habria problemas que esto siga asi salvo que la madre conviva con otra persona...esta condición se puede poner en el acuerdo o no es posible ??
4-en el acuerdo, se puede estipular en el regimen de visitas el tema de vacaciones o fiestas?
Desde ya muchas gracias. Espero su ayuda
tengo un par de dudas, que espero me puedan ayudar a resolver:
1- conviene hacerlo por el art. 214 inc.2 o por el 215?
2- respecto a la cuota alimentaria, es necesario poner un porcentaje del neto que cobra o se puede poner una suma en $ mas por ejemplo la prepaga para el menor?
3- hoy en dia la madre vive con la menor en el departamento que es bien propio de mi amigo...no habria problemas que esto siga asi salvo que la madre conviva con otra persona...esta condición se puede poner en el acuerdo o no es posible ??
4-en el acuerdo, se puede estipular en el regimen de visitas el tema de vacaciones o fiestas?
Desde ya muchas gracias. Espero su ayuda