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  • Notificación cumplmiento art 120 CPCC (copias)

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 #372403  por iusgentium
 
En principio me presento, mi nombre es Mariano y agradezco a quienes respondan:
Resulta ser que se me presentó un problema, en principio, ya que en un incidente de nulidad de una notificacion se me olvida un juego de copias, por lo que faltando al art 120 del CPCC se me comunica en el expdte de su falta.Y sabiendo que el plazo para cumplir con el faltante es de tres dias.
A todo esto el Dpto. Judicial es San Isidro y yo soy de Morón; a lo que por seguir el expdte virtualmente dicha resolucion no salía en pantalla, y se me venció, cosa que me hacen saber en un proveído a posteriori.
El problema es que por este error mi cliente queda rebelde en una causa de puro derecho.
La pregunta es la siguiente: Como puedo subsanar el error?, ya sea jurisprudencia, resoluciones de Corte etc.
Espero algún colega sepa de algún remedio juridico, ya que a mi criterio por un error tan minúsculo se lo deja en una situación de desamparo procesal pasible de no cumplir con el derecho de defensa en juicio.
Desde ya agradezco la atención de los distinguidos colegas.-
 #372620  por blas
 
Si es una causa de puro derecho podes presentarte en la misma y alegar en tu favor ya que es en ese momento en el que descargas todas las consideraciones de derecho que consideras son favorables a la pretensión de tu cliente. El rebelde puede presentarse en cualquier momento en el expte. sin perjuicio de que los actos ya cumplidos quedan firmes.
Saludos.