Hola colegas,
Nunca he iniciado una demanda de reparación integral por accidente de trabajo, y necesitaba ayuda con algunas cosas:
1. prescripción. no me queda claro desde cuándo contar el plazo de prescripción, si son dos años desde el día del accidente laboral (por aplicación de las normas de responsabilidad extracontractual civil) o dos años desde la declaración de incapacidad por la junta médica (y en este caso si son desde la primer audiencia que se celebra, donde se fija un porcentual de incapacidad total provisoria por otros 36 meses o si lo es desde la declaración definitiva). Si aplico el primer criterio, la acción ya estaría prescripta. Si aplico el segundo, prescribiría la semana próxima y si aplico el tercero, tendría todavía un período indeterminado de años, ya que todavía no está claro cuándo será esta audiencia definitiva.
2. jurisdicción. debo iniciar la demanda ante un juez civil y comercial o ante el juez laboral?
3. demandados. debo demandar sólo al empleador, al empleador y a la ART, o al empleador, la ART y los sucesores del empleado causante del accidente? Les comento que mi cliente fue chofer de colectivo que iba de guarda, y el chofer del colectivo realizó maniobras para evitar una colisión con un ciclomotor que terminaron con el coche embistiendo una cosechadora estacionada en un campo cercano. El chofer murió en el acto. Pienso encaminar la demanda por el 1113 C.C. por el riesgo de la cosa y la responsabilidad del empleador por los hechos de su dependiente, pero no me queda claro a quién dirigir la demanda y tampoco si tengo que probar la responsabilidad por culpa del empleado.
4. LRT. cómo juega reclamar la indemnización integral cuando todavía no se pagó la correspondiente a la LRT por no estar aún fijada definitivamente la incapacidad? Cuando esta se fije, también pensaba iniciar una demanda contra la ART solicitando el pago único de la prestación periódica.
Bueno colegas, estas son las dudas que tengo por ahora. Luego a medida que vaya avanzando en la redacción de la demanda, les pediré más ayuda seguramente. Gracias a todos los que me permiten aprender con sus valiosos conocimientos y experiencias!!
Nunca he iniciado una demanda de reparación integral por accidente de trabajo, y necesitaba ayuda con algunas cosas:
1. prescripción. no me queda claro desde cuándo contar el plazo de prescripción, si son dos años desde el día del accidente laboral (por aplicación de las normas de responsabilidad extracontractual civil) o dos años desde la declaración de incapacidad por la junta médica (y en este caso si son desde la primer audiencia que se celebra, donde se fija un porcentual de incapacidad total provisoria por otros 36 meses o si lo es desde la declaración definitiva). Si aplico el primer criterio, la acción ya estaría prescripta. Si aplico el segundo, prescribiría la semana próxima y si aplico el tercero, tendría todavía un período indeterminado de años, ya que todavía no está claro cuándo será esta audiencia definitiva.
2. jurisdicción. debo iniciar la demanda ante un juez civil y comercial o ante el juez laboral?
3. demandados. debo demandar sólo al empleador, al empleador y a la ART, o al empleador, la ART y los sucesores del empleado causante del accidente? Les comento que mi cliente fue chofer de colectivo que iba de guarda, y el chofer del colectivo realizó maniobras para evitar una colisión con un ciclomotor que terminaron con el coche embistiendo una cosechadora estacionada en un campo cercano. El chofer murió en el acto. Pienso encaminar la demanda por el 1113 C.C. por el riesgo de la cosa y la responsabilidad del empleador por los hechos de su dependiente, pero no me queda claro a quién dirigir la demanda y tampoco si tengo que probar la responsabilidad por culpa del empleado.
4. LRT. cómo juega reclamar la indemnización integral cuando todavía no se pagó la correspondiente a la LRT por no estar aún fijada definitivamente la incapacidad? Cuando esta se fije, también pensaba iniciar una demanda contra la ART solicitando el pago único de la prestación periódica.
Bueno colegas, estas son las dudas que tengo por ahora. Luego a medida que vaya avanzando en la redacción de la demanda, les pediré más ayuda seguramente. Gracias a todos los que me permiten aprender con sus valiosos conocimientos y experiencias!!
El Derecho es una ciencia; la abogacía, un arte; la Justicia, una religión.