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 #373833  por HAS
 
Tengo una consulta, espero me puedan ayudar:

Debo notificar la audiencia de vista de causa en la que se producirá la proeba confesional. Debo notificarle al abosolvente sólo esta última resolución que en la cual se indica la fecha de la audiencia , los apercibimientos de ley y las pruebas que se van a producir? o también debo transcribir el auto de apertura a prueba en la parte que ordena la citación al demandado que va a absolver posiciones???

Muchas gracias....
 #373852  por Eternauta43
 
Hola:
Solamente tenes que notificarle al absolvente, en su domicilio real, la audiencia de vista de la causa, donde conste fecha, hora y direccion del juzgado. Tambien al final tenes que transcribir al art. de la Ley 11653 que reglamente la audiencia de vista de la causa, perdoná pero estoy en la calle, sin la ley, y no me acuerdo de memoria que art. era. Villa Alzheimer, 2km!

Saludos
 #374214  por HAS
 
Muchas Gracias...igualmente en el mismo proveído me ordenan la transcripción del art. 25 de la Ley de procedimiento...la cédula que va al domicilio real ya la confeccioné....
Pero ahora me surgió otra duda...también debo notificar al domicilio constituido de la audiencia NO? El demandado actúa a través de apoderado. En la cédula donde dice nombre, pongo el nombre del apoderado o del demandado para notificarlo al domicilio constituido???

Muchas gracias....
 #374225  por mintaka108
 
Hola: La absolución de posiciones y la sentencia se notifican al domicilio real y a nombre en este caso de la persona que debe absolver posiciones. Esto es independiente de que notifiques el auto de vista de causa al constituído. Debes recordar siempre que notificar del auto de vista de causa al constituído no significa que el absolvente se encuentre notificado, aunque generalmente actúe por apoderado. Un saludo :lol:
 #375063  por Eternauta43
 
HAS escribió:Muchas Gracias...igualmente en el mismo proveído me ordenan la transcripción del art. 25 de la Ley de procedimiento...la cédula que va al domicilio real ya la confeccioné....
Pero ahora me surgió otra duda...también debo notificar al domicilio constituido de la audiencia NO? El demandado actúa a través de apoderado. En la cédula donde dice nombre, pongo el nombre del apoderado o del demandado para notificarlo al domicilio constituido???

Muchas gracias....
La cédula que notifica la audiencia al domicilio constituido, ya la debe haber hecho el Tribunal. Ahora, si te referís a si es necesario notificar al absolvente en el domicilio constituido, no es estrictamente necesario, pero podes hacerlo, no hay problema. Eso es mas habitual en Civil y Comercial, donde si es apoderado se notifica al constituido, en laboral de Prov de Bs As no es requerido.
La cedula donde le notificás al absolvente la audiencia de vista de la causa en el domicilio real, tiene que ir dirigida hacia él, se pone "Representante Legal de Ford Motor Argentina S.A.". De paso te paso un dato. Algunos Tribunales de San Isidro, exigen que al momento de contestar la demanda, el demandado designe absolvente, bajo apercibimiento de considerarlo confeso en la audiencia de vista de la causa. Te recomiendo enfáticamente que averigues en el Tribunal donde tramite tu expediente si ellos exigen este requisito, y si la demandada (si sos parte actora, como supongo) no designó aboslvente, en el momento de la vista de causa, pedir la confesión ficta, lo que prácticamente equivale a ganar el pleito. También te puede ser sumamente útil para presionar y lograr una conciliación, como pasa en la gran mayoría de los casos.
Espero haberte sido útil.
Saludos
 #375150  por HAS
 
Más que útil...muchísimas gracias por su ayuda y su tiempo....voy a consultar en el tribunal entonces.....saludos.-