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  • despues de la declaratoria!!!!!??????

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #374600  por tini14
 
Hola, porfi, traten de ayudarme, es mi primer sucesion.
El tema es asi, son dos causantes (conyuges) primero fallecio ella , hay un solo bien inmueble , con una valuacion aprox. de $ 80.000 ( era un bien propio de la mujer) . Bueno ahora salio la declaratoria y mi cliente ( que es el unico heredero), finalmente quiere inscribir el bien, aunque no lo piensa vender.
Alguien me podria decir cual es el paso siguiente que debo hacer luego de la declaratoria? la tasa es del 1,5 de la valuacion correcto? y despues de ahi cuanto es el porcentaje por los bienes muebles?, porque algunos me dijeron el 10 % y otros el 5%.Por favor si me pueden decir que hacer y algun modelo de escrito con el pago de la tasa. soy novata , gracias miles!!!!!!!!!!!!!!!!
 #374838  por mariana
 
Hola.La tasa es del 10% x bienes muebles. Despues de la declaratoria debes inscribir el inmueboe en el registro de propiedad, para lo cual se hace 1 especie de testimonio, el formulario pedilo en el Reg. de propiedad Inmueble; deberas ir completando con los datos y transcribir textual (TODO EN LETRAS, incluso la fecha) la declaratoria y el auto q ordena su inscripcion. Suerte!
 #374959  por tini14
 
Gracias Mariana!!, pero antes debo pagar la tasa y acreditarlo junto con un libre deuda de la propiedad .
y los certificados de dominio e inhibicion cuando?, perdon pero reitero es lo primero que hago. gracias.