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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #376109  por rovalant29
 
Hola colegas!! mi caso es en Córdoba,les cuento:Mi clienta es una mamá que le retiraron de oficio a su hijo por malos tratos.Desde diciembre el nene vive con el padre como guardador provisorio y en éstos dias el juez decide sobre la guarda definitiva.
El abogado le pidea mi clienta alimentos provisorios con retroactividad a diciembre,y cuando le den la guarda definitiva al papa(que gana 8.000 pesos), ya planteo que se fijen los alimentos definitivos.
Ahora bien,mi clienta tiene un recibo de sueldo de 4.000,pero con créditos que sacó,gastos de psicóloga,etc... me pregunta si es posible plantear esto para que no le saquen el 20%,y ofrecer menos.
Se puede? que papel juega la mediación aca? la pide el tribunal o directamente se establece el %? puedo pedir yo una mediación?
Espero puedan aclararme el tema,recién comienzo a ejercer!
GRACIAS!!!
 #376323  por chiqui79
 
no te contesto de procedimiento porque soy de buenos aires, pero lo de pedir cuota baja (como vos decis) me hace ruido. Puede gastar en ella $4.000 y no puede darle a la manutencion del hijo el 20%???? encima se lo sacaron por malos tratos???
Mi humilde opinion, alerta a tu clienta de la posibilidad de que no salga bien.
 #376552  por veidelson
 
Te cuento que yo soy de cordoba y, tambien, recién recibido.
Lo que yo analizaría, en esta situación, es:
Primero :: Porque a la madre le preocupa mas el porcentaje de lo que va a tener que pagar en cuota alimentaria que en retener la custodia de su hijo??!! Segundo: Que edad tiene el hijo?
Tercero: Si ella quiere mantener la custodia (que en realidad es la tenencia) de su hijo tendría que plantearse el porque se lo retiraron (mas allá que vos pusiste que fue por malos tratos, eso se tiene que probar, etc., etc.).
Y siempre se puede llegar a un arreglo en cualquier etapa del proceso.
Acordate que para graduar la cuota alimentaria se tiene en cuenta varios factores y no tiene el límite del 20%, como lo tienen las deudas comerciales o de otra naturaleza, que no sean por alimentos. Las cuotas por alimentos no tienen el límite del 20%. Por eso se tienen en cuenta los otros factores (por ejemplo: Situación económica del alimentante, situación económica del acreedor por alimentos, etc.). Todo eso tiene en cuenta el juez para graduar la cuota .

Ante cualquier consulta no dudes en preguntarme.
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 #376724  por rovalant29
 
hola veidelson!!!! te agradezco tu respuesta,me sacaste la duda sobre lo que se tiene en cuenta para que el juez fije esa cuota.
Por el tema de la tenencia te cuento que hace 8 meses estoy tambien representandola,para tratar de recuperar algun día a su hijo,ya que para que se lo saquen a la madre..... te imaginaras lo que estoy renegando para conseguir,aunque mas no sea un régimen de visitas,ya que los malos tratos estan comprobados por un médico.
Y ahora se acumuló esto de alimentos...problemas no le faltan ami clienta no? ja,y bueee si todos fueran "buenos" no existiria nuestra profesión.
Gracias de nuevo y voy a guardar tu mail!!!
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