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  • Pregunta sobre CCT, escala salarial

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 #28942  por rocio22
 
Hola gente! estoy haciendo la liquidacion de un trabajador en negro, queria saber que mes de la escala salarial debo tomar, si el mes del despido o el actual, porque es gastronomico y vario mucho el monto.
Muchas gracias!

 #29067  por rocio22
 
Gracias Leandro por tu respuesta! Es un trabajador en negro que fue despedido sin causa en enero, me aconsejaron hacer la liquidacion con lo que le hubiera correspondido por convenio (el ganaba menos) es correcto esto?, por eso preguntaba que mes de la escala tengo que tomar para hacer la indemnizacion.

 #29185  por Ishtar
 
rocio22 escribió:Gracias Leandro por tu respuesta! Es un trabajador en negro que fue despedido sin causa en enero, me aconsejaron hacer la liquidacion con lo que le hubiera correspondido por convenio (el ganaba menos) es correcto esto?, por eso preguntaba que mes de la escala tengo que tomar para hacer la indemnizacion.
Hola, para la liquidación 245: la ley dice "salarios devengados" o sea los que le hubiera correspondido percibir...", por lo que estimo hay que tomar el de convenio.

Te doy un ejemplo: Un empleado le pagan 200 por mes, el convenio dice que deberia cobrar 1000, sobre que haces la liquid 245? sobre los mil porque la ley cambio, antes decía percibidos, ahora dice devengados, o sea lo que debío percibir...sinó sería re injusto, hace cuentas :lol:

Con respecto a que mes tomarías yo me fijaría en los sueldos de convenio de los ultimos 12 meses o sea de enero a enero cual fue el mejor sueldo...me supongo que el último así que yo tomaría ese... :lol:

 #29209  por rocio22
 
Muchas gracias Ishtar! Clarisimo todo! Saludos.

 #29477  por barney
 
Ishtar escribió:
rocio22 escribió:Gracias Leandro por tu respuesta! Es un trabajador en negro que fue despedido sin causa en enero, me aconsejaron hacer la liquidacion con lo que le hubiera correspondido por convenio (el ganaba menos) es correcto esto?, por eso preguntaba que mes de la escala tengo que tomar para hacer la indemnizacion.
Hola, para la liquidación 245: la ley dice "salarios devengados" o sea los que le hubiera correspondido percibir...", por lo que estimo hay que tomar el de convenio.

Te doy un ejemplo: Un empleado le pagan 200 por mes, el convenio dice que deberia cobrar 1000, sobre que haces la liquid 245? sobre los mil porque la ley cambio, antes decía percibidos, ahora dice devengados, o sea lo que debío percibir...sinó sería re injusto, hace cuentas :lol:

Con respecto a que mes tomarías yo me fijaría en los sueldos de convenio de los ultimos 12 meses o sea de enero a enero cual fue el mejor sueldo...me supongo que el último así que yo tomaría ese... :lol:
Obviamente de acuerdo, si no dejarias en manos del empleador el monto de la indemnizacion, la reforma de la ley 25877 incorporo la doctina de la corte en el caso bagolini c hormigon cambiando el termino percibido por devengado