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 #380615  por DrPrimeriso
 
Como se computa la prescripcion para el caso de tener una accesoria la pena, por ejemplo pena de prision de 3 meses a 2 años e inhabilitacion de 3 a 10 años para gestionar ante un organismo.
 #380733  por feragus
 
Prescribe a los 2 años, por aplicación del art. 62-2 del CP; y porque no resultan aplicables ni el art. 62-3 del CP (porque no se trata de un hecho reprimido con inhabilitación perpetua) ni el art. 62-4 del CP (porque no se trata de un hecho reprimido "únicamente" con inhabilitación temporal).
 #380908  por PenalistaCBA
 
DrPrimeriso escribió:Como se computa la prescripcion para el caso de tener una accesoria la pena, por ejemplo pena de prision de 3 meses a 2 años e inhabilitacion de 3 a 10 años para gestionar ante un organismo.
Colega...Como premisa fundamental sobre el tópico, tenga siempre presente la máxime jurídica que dice "Lo accesorio sigue la suerte del principal"... por lo que entonces, Ud. deberá previamente establecer si la pena principal, está o no prescripta, pues eso le dará la pauta con respecto a la suerte del la pena accesoria... Por lo demás, es correpta la referencia normativa del C.P. que hace mí colega pre-opinante... :shock: