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  • INCIDENTE DE AUMENTO DE CUOTA ALIMENTARIA- ES RETROACTIVO

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #382476  por palo2006
 
HOLA CHICOS, QUISIERA QUE ALGUIEN ME INFORME SI EN EL INCIDENTE DE AUMENTO DE CUOTA ALIMENTARIA SE DEVENGAN ALIMENTOS ATRASADOS. O SEA, CUANDO SE DICTE LA SENTENCIA, EL MONTO AUMENTADO DE LA CUOTA, ES RETROACTIVO AL INICIO DEL INICDENTE???????????
GRACIAS A TODOS
 #382538  por rovalant29
 
En el código de mi provincia tampoco dice nada,por eso voy al de la nación,además,como también tenía la duda por un caso que tengo,busqué jurisprudencia y aplicaron éste criterio.
No se,capaz me equivoco.
Romi
 #383852  por walter64
 
hOLA, en bs.as. nada dice al respecto pero jurisprudencialemtne esta aceptado que el aumento de cuota alimentaria, cuando tenes sentencia es retroactivo a la fecha de ntoificacion de demanda, tengo un fallo de mercedes en un caso mio de hace un mes.
respecto de alimentos atrasados, si lo demandastes juntamente con el aumento de cuota, cuando hagas la liquidacion incluilo y ver que proveen, nunca me paso. suerte.
Ojo, que en provincia, cuando sale sentencia por aumento de cuota, haces liquidacion y a veces ordena intimar directamente al pago 645 cpcc, pero para evitar apelaciones (lo que me paso a mi) pedi se corra trasaldo de la liquidacion, por el derecho de defensa.
 #384485  por SUSY
 
No soy abogada, pero si mama que tramita el mismo incidente, la nueva cuota rige desde mediacion,tengo entendido que hay jurisprudencia al respecto,te lo van a discutir ,pero en mi caso se liquida asi , desde el mes en que se llevo a cabo la mediacion.
 #384579  por walter64
 
discrepo con Susy, el codigo nada dice al respecto, pero jurisprudencialemnte dice que la retroactividad es a partir de la notificacion de la demanda de aumento de cuota y en ningun fallo lei que dijera nada sobre alguna audiencia. los fallos que yo vi son de juba, que es la jurisprudencia a citar en Bs.as.
 #384855  por SUSY
 
Los alimentos corren desde el momento del reclamo, y como la mediación
es obligatoria, la fecha de inicio de la mediación es el comienzo del
cómputo de todo. si no fuera así, las mediaciones serían
un instrumento contra los alimentados, y lo que la ley quiere es todo
lo contrario, que sean útiles para los alimentados. Además, si el
cómputo se iniciara recién con la demanda, entonces nadie negociaría
nada en la mediación, sino que la cerraría rápido para empezar la
acción judicial, y lo que se quiere es que las cosas puedan acordarse
sin necesidad de juicio.
(conf.CNCiv.SalaF,“Kentc/Beyress/alimentos” R.293.902 del 7/6/2000; íd.Sala C,R.254.358 del 10/12/98; íd.íd.R.285.513 del 9/3/2000;íd.Sala L, “C., M.C c/C., A” del 27/11/97; íd.Sala H,R.235.162, del 6/3/98; íd.íd.R.241.886 del 4/6/98;íd.SalaB,R.254.343del19/10/98;íd.SalaG,R.237.788 del 25/2/98; íd.Sala D, “H., P.N. c/S.E.T.s/alimentos” del 11/5/2001"; íd. sala J, “S., M.I.c/B., A.M.s/alimentos” del 28/12/99).-

*suerte*
 #392335  por silvina000
 
HOLA, COLEGAS!NECESITO AYUDA. TENGO UN JUICIO DE ALIMENTOS CON SENTENCIA EN CAPITAL FEDERAL. NECESITO INICIAR UN AUMENTO DE CUOTA ALIMENTARIA. PREGUNTAS: ES MEJOR INCIARLO POR INCIDENTE O PRESENTANDO UNA DEMANDA NUEVA?
ESTE AUMENTO REQUIERE NUEVAMENTE IR A UNA MEDIACION PREVIA? Y SI ASI FUERA, PUEDO PRESENTARME CON PODER, YA QUE MI CLIENTA SE NIEGA A ENCONTRARSE CON SU EX MARIDO. GRACIAS.....
 #980153  por vivigiar
 
walter64 escribió:hOLA, en bs.as. nada dice al respecto pero jurisprudencialemtne esta aceptado que el aumento de cuota alimentaria, cuando tenes sentencia es retroactivo a la fecha de ntoificacion de demanda, tengo un fallo de mercedes en un caso mio de hace un mes.
respecto de alimentos atrasados, si lo demandastes juntamente con el aumento de cuota, cuando hagas la liquidacion incluilo y ver que proveen, nunca me paso. suerte.
Ojo, que en provincia, cuando sale sentencia por aumento de cuota, haces liquidacion y a veces ordena intimar directamente al pago 645 cpcc, pero para evitar apelaciones (lo que me paso a mi) pedi se corra trasaldo de la liquidacion, por el derecho de defensa.
podras pasarme ese fallo de mercedes?? necesito invocar la retroactividad de la sentencia en un incidente en provincia de bs as.gracias