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  • ayuda por favor robo calificado

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 #383492  por sonicrosario
 
soy padre de un chico de 18 años hace un mes un domingo por la noche estuvo cenando conmigo y toda la familia y despues lo vinieron a buscar 2 amigos se fueron supuestamente a bailar le preste el vehiculo una kangoo 2000 q usamos para trabajar a la media hora q se habian ido de casa paran por la calle y los amigos se bajan y asaltan a un peaton con dos armas una de juguete y un 22 los ve un taxista llama al 911 y los detiene en un semaforo el patrullero y los llevan presos segun el abogado la causa es robo calificado y me dice q todavia no tuvo acceso al expediente ya presento un escrito por substitucion de prision por trabajo y otro para q me devuelvan el vehiculo la substitucion fue denegada y ahora me dice q apelo y hay q esperar porque los tribunales entran en feria quisiera por favor un poco de informacion sobre el accionar del abogado y saber si esta actuando bien en tiempo y forma les comento ademas q los tres chicos no tienen antecedentes y por orden de los abogados se negaron a declarar y a la persona q le robaron esa misma noche la policia le restituyo todo(un celular) desde ya le agradezco cualquier consejo e informacion soy de rosario santa fe PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".com
 #383570  por lilianasarda
 
NORMALMENTE LE DIRIA QUE SE MANEJE CON SU LETRADO DE CONFIANZA, PERO LO VOY A INSTRUIR SOBRE ALGO: TENEMOS EN VIGENCIA LA TEORIA SUBJETIVA DELAS ARMAS, LA MISMA SE APOYA EN LA IDEA DE QUE LA PERSONA QUE ESTA FRENTE AL ARMA, AUNQUE SEA DE JUGUETE, O ROTA, NO PUEDE ESTABLECER CON PRECISION QUE CLASE DE ARMA TIENE ENFRENTE, ENTONCES EL PODER VULNERANTE DEL ARMA, SEA CUAL FUERE ES EL MISMO. ESO ES EL PRIMER PUNTO DELA CALIFICACION.-
SEGUNDO PUNTO DELA CALIFICACION: ERAN TRES, EL CODIGO MANIFIESTA CLARAMENTE QUE MAS DE DOS PERSONAS ES "BANDA", ACA TENEMOS TRES CHICOCS, PERO SON PARA LA LEY TRES SUJETOS, DEMODO TAL QUE LA CALIFICACION DEBE MAS O MENOS SER: ROBO AGRAVADO EN POBLADO Y EN BANDA, CON ARMA DE FUESGO, MAS CONCURSO PORPORTACION DE ARMA DE USO CIVIL(SI ES 22).
EL ROBO ES UNA FIGURA BASICA,ALA QUE SE LE VAN AGREGANDO COSAS, EN FUNCION DE LA GRAVEDAD DE LO QUE LOS CHICOS HICIERON, ESAS COSAS, SELAMAN CALIFICACIONES, POR ESO SE HABLA DE ROBO CALIFICADO, QUE SI DIJERAN ROBO AGRAVADO ESEXACTAMENTE UN SINONIMO.
DESGRACIADAMENTE ES UN DELITO DE INSTANCIA PUBLICA, PUEDE HABER UNA ALIVIADA POR EL HECHO DE DEVOLVERLE ALA VICTIMA LO DESAPODERADO, PERO DADA LA PENA EN ESPECTATIVA NO PUEDEN PROCEDER ALGUNOS BENEFICIOS QUE SI CONTEMPLAN OTROS DELITOS MENORES.
DE TODOS MODOS, SU LETRADO HABRA DE GUIARLO Y SEGURAMENTE SALDRAN DE ESTO QUE NO VA A PASAR DE SER UN TONTO Y MAL RECUERDO,LE DESEA MUCHA SUERTE, LILIANA.-
 #383586  por feragus
 
lilianasarda escribió:NORMALMENTE LE DIRIA QUE SE MANEJE CON SU LETRADO DE CONFIANZA, PERO LO VOY A INSTRUIR SOBRE ALGO: TENEMOS EN VIGENCIA LA TEORIA SUBJETIVA DELAS ARMAS, LA MISMA SE APOYA EN LA IDEA DE QUE LA PERSONA QUE ESTA FRENTE AL ARMA, AUNQUE SEA DE JUGUETE, O ROTA, NO PUEDE ESTABLECER CON PRECISION QUE CLASE DE ARMA TIENE ENFRENTE, ENTONCES EL PODER VULNERANTE DEL ARMA, SEA CUAL FUERE ES EL MISMO. ESO ES EL PRIMER PUNTO DELA CALIFICACION.-
SEGUNDO PUNTO DELA CALIFICACION: ERAN TRES, EL CODIGO MANIFIESTA CLARAMENTE QUE MAS DE DOS PERSONAS ES "BANDA", ACA TENEMOS TRES CHICOCS, PERO SON PARA LA LEY TRES SUJETOS, DEMODO TAL QUE LA CALIFICACION DEBE MAS O MENOS SER: ROBO AGRAVADO EN POBLADO Y EN BANDA, CON ARMA DE FUESGO, MAS CONCURSO PORPORTACION DE ARMA DE USO CIVIL(SI ES 22).
EL ROBO ES UNA FIGURA BASICA,ALA QUE SE LE VAN AGREGANDO COSAS, EN FUNCION DE LA GRAVEDAD DE LO QUE LOS CHICOS HICIERON, ESAS COSAS, SELAMAN CALIFICACIONES, POR ESO SE HABLA DE ROBO CALIFICADO, QUE SI DIJERAN ROBO AGRAVADO ESEXACTAMENTE UN SINONIMO.
DESGRACIADAMENTE ES UN DELITO DE INSTANCIA PUBLICA, PUEDE HABER UNA ALIVIADA POR EL HECHO DE DEVOLVERLE ALA VICTIMA LO DESAPODERADO, PERO DADA LA PENA EN ESPECTATIVA NO PUEDEN PROCEDER ALGUNOS BENEFICIOS QUE SI CONTEMPLAN OTROS DELITOS MENORES.
DE TODOS MODOS, SU LETRADO HABRA DE GUIARLO Y SEGURAMENTE SALDRAN DE ESTO QUE NO VA A PASAR DE SER UN TONTO Y MAL RECUERDO,LE DESEA MUCHA SUERTE, LILIANA.-

Eso de que el código establece claramente que más de dos personas es banda, no es cierto. Basta con leer el fallo Duarte Castro de la Sala III de la CNCP para afirmar que no es así, además de leer el art. 167-2 del CP en donde se habla de banda pero no se dice qué es.
Igualmente, sería un robo con arma de fuego que por la escala penal que prevé es difícil que otorguen algún tipo de beneficio o derecho excarcelatorio.
Por otro lado, respecto a esto último se puede plantear que la prisión preventiva no es la regla y que lo que hay que demostrar es el peligro de fuga del imputado. En ese sentido, la carencia de antecedentes penales y tener un grupo familiar, domicilio y no haber falseado los datos al momento de la detención, pueden ayudar a que la excarcelación proceda; esto es, a que se espere el juicio en libertad. Es difícil, pero vale intentarlo.
Finalmente, los abogados no hacemos magia, a veces ponemos toda nuestra buena voluntad, pero el que decide es otro o son otros.
Debe recordarse que el nuestro es un trabajo de medios y no de resultados, de manera que debemos poner lo mejor de nosotros, pero no podemos -ni debemos- garantizar resultados.
 #383648  por PenalistaCBA
 
sonicrosario escribió:soy padre de un chico de 18 años hace un mes un domingo por la noche estuvo cenando conmigo y toda la familia y despues lo vinieron a buscar 2 amigos se fueron supuestamente a bailar le preste el vehiculo una kangoo 2000 q usamos para trabajar a la media hora q se habian ido de casa paran por la calle y los amigos se bajan y asaltan a un peaton con dos armas una de juguete y un 22 los ve un taxista llama al 911 y los detiene en un semaforo el patrullero y los llevan presos segun el abogado la causa es robo calificado y me dice q todavia no tuvo acceso al expediente ya presento un escrito por substitucion de prision por trabajo y otro para q me devuelvan el vehiculo la substitucion fue denegada y ahora me dice q apelo y hay q esperar porque los tribunales entran en feria quisiera por favor un poco de informacion sobre el accionar del abogado y saber si esta actuando bien en tiempo y forma les comento ademas q los tres chicos no tienen antecedentes y por orden de los abogados se negaron a declarar y a la persona q le robaron esa misma noche la policia le restituyo todo(un celular) desde ya le agradezco cualquier consejo e informacion soy de rosario santa fe PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".com

Estimado Sr., para su reflexión me gustaría decirle unas palabras:

A)- En primer lugar, tome en cuenta que Ud. ya tiene un profesional que lo está asistiendo en su problema judicial...Razón por el cual, el colega actuante merece el mayor de los respetos de nuestra parte, y de parte de Ud., la mayor de las confianza que le pueda brindar... y si así no fuera, creo honestamente que debe comunicar dicha situación al colega a fin de que pueda revertir dicha situación, o en su defecto, poder liberarlo a fin de que Ud. busque un profesional que le inspire la confianza que busca.-

B)- En segundo lugar, creo que ningún colega que se valore como "recto y responsable", podrá opinar a derecho sobre posibles alternativas jurídicas ante actuaciones judiciales que nunca se ha visto... Razón por el cual, desde nuestra perspectiva de integrantes de este foro, creo que es más acertado y prudente mantener la mensura y el recato en el silencio, que evacuar alternativas a ciegas y sin fundamento.

C)- En tercer lugar, de la reseña histórica de los hechos que Ud. mismo expone simplificadamente, a decir verdad surgen serias dudas sobre la posible participación -o no- de su hijo en el mismo...Lo cual deberá ser clarificado por la instrucción, y eventualemnte por la defensa... No olvide que en esta materia rige el sentido común que dice "es tan culpable quien que mata a la vaca como quien sostiene su pata para que el otro lo haga"..

D)- En cuarto lugar, tome en cuenta que recien se está en el inicio de la investigación penal preparatoria, razón por el cual, en el transcurso del mismo la situación procesal de su hijo puede variar sustancialmente en su beneficio -o no.-

E)- Con respecto al automotor que Ud. menciona, eso si le puedo adelantar que dependiendo de quien sea el titular registral del mismo, y por sobre todo que éste no se encuentre vinculado al hecho; previa verificación numérica y registral de rigor, no tendría que haber inconveniente para que lo restituyan a su titular, aunque sea provisoriamente en carácter de depositario judicial.

F)- Por último, en lo que hace a la imputación o calificación jurídica del hecho, estimado Sr., tome encuenta que si en el hecho se ha utilizado como modalidad comisiva dos armas de juguete y una real (el revolver 22)... En principio la calificación legal correpta es Robo calificado por el Uso de arma de fuego... y si se comprueba que el revolver calibre 22 es apta para el disparo... en nada valdrá que las otras dos sean de juguete, pues se tomará a la real como fundamento de la calificante, es decir, no se podrá aplicar el atenuante de la utilización de arma de juguete o utilería... Y esto le digo por que es habitual que los familiares del imputado tiendan a minimizar o tratar de excular del hecho a su familiar sosteniendo que "'éste era en realidad el que tenía el arma de juguete y el otro el arma real" y que por eso el tiene que beneficiarse de la figura atenuada...

Por lo demás... confie en el abogado defensor que lo asiste, sino... sea honesto con Ud. y con el colega...eso le dará la libertad tanto al colega como a Ud. a fin de buscar nuevos horizontes...Saludos cordiales... 8)
 #383663  por feragus
 
Se pueden dar opiniones, sobre todo lineamientos respecto a lo que hay hoy en materia de libertad durante el proceso.
Por otra parte, es verdad, tendríamos que evitar dar consejos cuando hay un colega interviniendo en la causa, máxime cuando no la conocemos.
Pero cuando decimos que no hay que opinar, no habría que opinar y listo. Que el consultante, en este caso, se maneje entonces con su abogado. Por lo que toda especulación sobre cuál sería la calificación legal del hecho también está de más.
Saludos.-
 #383671  por PenalistaCBA
 
["...Pero cuando decimos que no hay que opinar, no habría que opinar y listo... Por lo que toda especulación sobre cuál sería la calificación legal del hecho también está de más.
Saludos.-[/quote]


Juasss... y Touchee!!!... Debo reconocer que es aguda y atinada su opinión-crítica estimado colega... La verdad es que aunque no se quiera, nuestro pequeño gran ego siempre se manifiesta, anque sea de manera sutil e implicita...jejeje... :lol:

Por eso, y valiéndome de que toda regla debe tener su excepción para ser regla... creo que ante puntos de interes académico que pueda surgir del post, deberíamos optar por hacer parémtesis, abstraer el punto de interes, y tocarlo de manera abstracta y generalizada sin ninguna vinculación y valoración específica al caso...

Pues analizando ahora el post de la colega opinante... surge un tema irresuelto en la doctrina y la jurisprudencia penal, y es el hecho de valorar dos veces una misma circunstancia de una empresa delictiva a fin de dar base a dos acusaciones que concurren realmente entre si; esgtoy hablando precisamente de la doble valoración de la utilización del arma de fuego, una como fundamento del agravante del robo calificado por el uso de armas, y la otra, como el fundamento de la imputación por portación ilegal de la misma...

Para mi esto es tan absurdo como cortar en secuencia una película para pasarla en partes en diapositiva... :shock:
 #383696  por feragus
 
En eso coincido, yo sostengo que entre la portación del arma y el robo con arma no existe concurso, sino superposición de conductas, o, a lo sumo, concurso ideal.
Es más, recientemente a un defendido mío lo condenaron por robo con armas a la par que lo absolvieron por la portación porque se comprobó que el que portaba el arma era el compañero de causa. Mi planteo -entre otros- ante la Casación es que se resolvió sobre una calificación legal y no sobre hechos, por lo que en la medida en que la absolución llegaba firme a la instancia casatoria, hacía cosa juzgada. En otras palabras, al absolverlo por la portación, lo absolvieron también por el robo por tratarse del mismo hecho.
Todavía la Casación no resolvió, pero desde ya descuento que no me van a hacer lugar porque la mayoría de la jurisprudencia sostiene que existe un concurso real, por lo tanto pueden adoptarse soluciones independientes.
Abrazo.-