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  • cancelacion de hipoteca

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 #389109  por TAN
 
Buenos Dias!

Consulto este tema, viene a verme un cliente que tenia una hipoteca cuando las epocas del 1 a 1, cuando llegó la devaluacion el acreedor le siguio aceptando los pagos 1 a 1 y nunca efectuó reclamo alguno por diferencias en el cambio de moneda, mi cliente realizó todos los pagos en termino y culminó con ellos hace ya dos años. Al finalizar envio al acreedor carta documento solictando al restitucion dela escritura publica que este le retuvo durante el mutuo y el certificado de pago o libre deuda, nunca tuvo respuesta del acreedor, se notificó de la cd pero nunca contestó nada.
Ahora mi cliente quiere levantar la hipoteca del registro porque quiere poder vender, dar en garantia a los hijos, ect. y me consulta la manera de efectuar esta cancelacion.
Mi consulta es entonces que tipo de proceso es este ??
Alguien me puede orientar??
Hasta ahora las cancelaciones que hice fueron dentro del procesod e ejecucion, cosa que no pasa en este caso.
Gracias.
TAN
 #389119  por mariferzara
 
Hola! el art. 3200 del C.C. prevé que puede solicitarse la cancelación cuando el crédito fuese pagado.- A su vez el CPCC(B.A.) fija el proc sumario para solicitud de cancelación de hipoteca (art. 320).- Tendrías q iniciar una acción sumaria acompañando los recibos de pago, CD y le darán traslado al contrario.- Si estás en Capital, seguro podrás pedir mediación, y aquí en pcia. te sugeriría que solicites audiencia de conciliación previo al traslado, no se justifica semejante proc si las partes pueden llegar a un acuerdo en la audiencia... Suerte y saludos
 #389120  por abogado_1987
 
Tan, interpreto que ...

3200. Los tribunales deben ordenar la cancelación de las hipotecas, cuando la toma de razón no se ha fundado en instrumento suficiente para constituir hipoteca, o cuando la hipoteca ha dejado de existir por cualquier causa legal, o cuando el crédito fuere pagado.

231 CANCELACION DE HIPOTECA
FUERO CIVIL
Tabla de códigos de objetos de juicio
 #389121  por abogado_1987
 
en provincia de Buenos Aires tramita de acuerdo ...

ARTICULO 320°: Juicio Sumario. Tramitarán por juicio sumario:
...
l) Cancelación de hipoteca o prenda.
 #389353  por barney
 
Es un proceso sumario donde pedis se lo condene a la contraparte a una obligacion de hacer y supletoriamente que lo ordene el juez al registro la cancelacion judicial de la toma de razon.
Primero te conviene intimar a la cancelacion de la hipoteca por haber cesado la obligacion que le dio causa para constituirlo en mora, fijando fecha y escribano interviniente para realizar la escritura de cancelacion. si no tenes respuesta inicia el proceso, fijate bien de aprovechar el tema del domicilio contractual en el mutuo para la Cd y traslado de demanda.
Tambien otro tema en estos casos es la tasa de justicia algunos juzgados consideran que es un proceso de monto indeterminado y ortros toman como monto del proceso el del mutuo hipotecario.
Cualquier cosa a tu disposicion.
 #389610  por TAN
 
Eh Gente! Que buena mano me dieron todos con su opinion! muchas gracias.
Como ya se han mandado varias cd voy a intentar con una mediacion, ya que tramita en capital, haber si me ahorro el proceso, si no logro hacerlos venir, entonces vamos por el proceso.
Saludos a todos.
Gracias, nuevamente.
TAN
 #389615  por TAN
 
Me quede con un tema de vital importancia.
Cuales son los honorarios por esto ??
gracias.
TAN
 #1037858  por cegeele
 
Hola:
estoy tomando nota acerca del proceso...tengo un tema en Pcia con hipoteca a favor de Bco Pcia.....he intimado por obligacion de hacer cancelación hipoteca dejando constancias de haberse cancelado la obligación de pagar, directamente al dlio fijado en el mutuo hipotecario (casa Matriz La Plata)...el tema es que me dicen ( de palabra solamente ) que no pueden hacer la cancelación porque mi parte tiene un deuda por una Tarjeta de Credito con un fideicomiso radicado en cap federal y a ese fideicomiso mandaron toda la deuda o sea la deuda cancelada (hipoteca) y la deuda personal pendiente (TC).....del fideicomiso logicamente quieren cobrar el crédito pendiente (mi cliente tiene constancias de pagos no ingresados pero ese es otro tema claro), a mi lo que me interesa es hacer la cancelación de la hipoteca.......me dan vueltas y nada....mi cliente quiere disponer del bien y no puede........el fuero a radicar la eventual dda es contencioso o civil???......puedo evitar el reclamo del fideicomiso solo para la cancelacion de la hipoteca???.....GRACIAS!