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  • Intimación por repetidas llegadas tardes e inasistencias

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral

 #29757  por leandroklink
 
hola no tiene muchos secretos, haces una nota, tiene que ser lo más específica y puntual posible de los hechos, ... antento haber incurrido en tal y cual ..... se aplica un apercibimiento (si es la primera vez), una suspención de ... días , fijate en que cct y si esta reglamentado, sino en la LCT esta en el 67.

 #29837  por martha
 
Lonchi: Recordá que el empleado tiene oblicacion de:
NOTIFICAR CUALQUIER CAUSA DE:
1. Llegadas tarde
2. Inasistencias cualquiera sea el motivo( si esta enfermo debe traer certificado o la empresa si quiere le puede enviar medico para verificar).

Las sanciones por ley van de menor a mayor, deben responder a una causa muy justificada y reiteradas(varias veces), porque de lo contrario el obrero tiene las de ganar. Ellas son:

LLAMADOS DE ATENCIÓN. y luego
APERCIBIMIENTO, SIEMPRE DEBE QUEDAR BIEN ACLARADA LA CAUSA, NO SE ACEPTAN GENERALIDADES. DEBE SER:
• CONTEMPORANEA al hecho
• PROPORCIONAL AL DAÑO Y RAZONABLE
• NO APLICABLE DOS VECES POR IGUAL CAUSA(NON BIS IN IDEM)
• TEMPORAL O LIMITADA EN EL TIEMPO.
• NO DISCRIMINATORIA NI ABUSIVA
Espero que este comentario te sirva, y coincido Leandro en el texto de la Carta documento. :!: :) :wink:

 #29915  por leandroklink
 
En otros casos, no digo del puntual que preguntaste por llegar tarde o inasistencias, algun hecho puede ser de tal gravedad que el apercibimiento es poco o irrisorio, por lo tanto, los suspendes un par de dias, es más en algun caso hasta cabria la suspención, eso lo merituas, en tu caso corresponderia primero un apercibimiento