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  • Denuncia por violencia fliar: 1 causa penal y otra civ?

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #391827  por soloiure
 
Martins,
Lo habitual es que se inicie con la denuncia la causa penal por las posibles lesiones producto de la violencia generada, claro, que dependiendo de quiénes sean los involucrados, puede ser incluso una causa correccional (allí se realizarán las pericias por médico legista, informes del Cuerpo Interdisciplinario de Psicólogos y demás, que luego podrás utilizar solicitando se remita el expediente a sede civil, ad effectum videndi et probandi)...
Y simultaneamente y por la vía civil, ante los Juzgados Civiles y Comerciales, dado que en Capital no hay Tribunales de Flia, se dará curso a al expediente de Protección contra la violencia Familiar. La ley de Protección contra la Violencia Familiar prevée varias medidas que pudieran adoptarse, e incluso en los casos más extremos se puede llegar a la Exclusión del Hogar. En éste ultimo caso -al igual que en los de las demás medidas- habrá que tener en cuenta que se decretan con una plazo de vigencia, luego del cual si es necesario, se deben acreditar que subsisten los supuestos de hecho que dieron lugar a su dictado para solicitar su renovación.-
Espero que mi comentario te sea útil. Suerte!