Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • COMO DESPEDIR A UN TRABAJADOR POR EDAD JUBILATORIA

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #396195  por aledeavellaneda
 
HOLA A TODOS
ME LLEGO UNA CONSULTA OBRE COMO DESPEDIR A UN TRABAJADOR QUE YA FUE INTIMADO POR TELEGRAMA, HACE UN AÑO PARA Q INICIE LOS TRAMITES JUBILATORIOS
Y DICE Q NO PUEDE INICIARLOS PORQ TIENE DEUDA CON LA AFIP POR MONOTRIBUTO


LA PERSONA Q ME CONSULTA NO LO QUIERE MAS EN LA EMPRESA,,,,QUE DEBERIA HACER PARA EVITAR ALGUN TIPO DE RECLAMO???' LO PUEDE DESPEDIR SIN TENERINCONVENIENTES??? LOS APORTES POR ESTA EMPRESA LOS TIENE OK..

MUCHISIMAS GRACIAS
ALEJANDRA
 #396198  por cuervita
 
Hola la ley de contrato prevee esta situacion!!

Art. 252. —Intimación. Plazo de mantenimiento de la relación.
Cuando el trabajador reuniere los requisitos necesarios para obtener una de las prestaciones de la ley 24.241, el empleador podrá intimarlo a que inicie los trámites pertinentes extendiéndole los certificados de servicios y demás documentación necesaria a esos fines. A partir de ese momento el empleador deberá mantener la relación de trabajo hasta que el trabajador obtenga el beneficio y por un plazo máximo de un año. (Párrafo sustituido por art. 6 de la Ley N° 24.347 B.O. 29/6/1994)
Concedido el beneficio, o vencido dicho plazo, el contrato de trabajo quedará extinguido sin obligación para el empleador del pago de la indemnización por antigüedad que prevean las leyes o estatutos profesionales.
La intimación a que se refiere el primer párrafo de este artículo implicará la notificación del preaviso establecido por la presente ley o disposiciones similares contenidas en otros estatutos, cuyo plazo se considerará comprendido dentro del término durante el cual el empleador deberá mantener la relación de trabajo.
(Artículo sustituido por art. 1º de la Ley N° 21.659 B.O. 12/10/1977)
 #396303  por DAL
 
Ojo que si no reune los requisitos necesarios, no corresponde.
Consejo, vean cual es la deuda del trabajador en AFIP. SEria mejor y más barato pagarsela!!!!!