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  • invocacion de despido.

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #400443  por ErwinAndreThiago
 
Estimados colegas: Un colega penalista (nuevito como yo) me paso un caso para que le inicie la demanda laboral, Pero tengo bastantes interrogantes. Es por eso que recurro a vuestra gentileza instructiva.

Caso: Trabajador en relacion de dependencia -Camionero-
Ingreso segun ANSES julio/2007
Ingreso segun Recibo de haberes 16/7/2008
Ingreso Segun lo denunciado en el SECLO 14/4/2008
Egreso 8/9/2008
Remuneracion mensual y habitual $ 1569

1º CD despido directo 8/9/2008
Notifico que a partir del dia de la fecha debera considerarse despedido con causa (art. 244) por o haberse presentado a cumplir con su trabajo desde el 01/09/08 sin acreditar ni justificar de manera alguna inasistencia, situacion ademas agrabada al haber manifestado a su encargado que no se presentaria a trabajar porque el horario designado no le resultaba comodo para su rutina.
haberes y certificados a su disposicion por el plazo de ley en ....., previa comunicacion telefonica al.....

Contesta el trabajador con tcl el 18/09/2008
rechazo causal de despido invocada en su carta documento remitida el 8/9/2008 por falsa maliciosa e inexixtente niego haber incurrido en inasistencias desde el 01/09/2008 niego haber haber manifestado que no me presentaba a trabajar en razon del horario asignado el despido dispuesto por uds resulta intempestivo teniendo en cuenta que nunca fui intimado a retomar tareas ni a justificar las supuestas iasistencias a las que hace referencia en su comunicacion de despido por consiguiente me considero despedido su exclusiva culpa e intimo dos dias habiles abone indemnizaciones de ley y liquidacion final real remuneracion percibida $2400 y entregue certificado art 80 lct apercibimiento accionar.
A primera vista me parece que el intercambio cartular no se efectuo bien, el empleador no interpelo ante del despido. El trabajador no intimo correctamente a que se lo restituyan a sus tareas, no se considero injuriado. El intercambio cartular no fue cerrado.

Me parece que con estos elementos no se puede configurar el despido o abandono de tareas. Por lo que me encuentro perdido, y nose si con estos elementos puedo iniciar demanda. Que pasos debo seguir.

. Nota la primera audiencia 16/10/2008 en el seclo no se llevo a cabo .

Desde ya muchas gracias.
 #400483  por Dakar
 
Ante todo, me parece que el despido ya se ha configurado. Es decir, la relaciòn laboral ya se ha disuelto con la CD que envìa el empleador.
Por otro lado, al ya haberse designado una audiencia en SECLO, es otro parametro que tenes para ver que el intercambio telegràfico ya ha concluìdo.
Igual, especìfica por que no se ha llevado adelante la audiencia en el SECLO, tenè en cuenta que ante la ausencia injustificada del empleador a dicha audiencia, podès reclamar multas segùn la ley 24.635.
Atte.
 #400500  por ErwinAndreThiago
 
Estimado dakar: Muy gentil de su parte. Mañana vere por 1º vez al trabajador y sabre mas sobre el tema el cual volvere con mas datos. Desde ya muchas gracias a todos.
Me extraña que o se haya citado a nueva audiencia.
Ademas lo que se me hace dificil como encarar la demanda, en principio por despido indirecto pero creo no tener suficientes datos para probarlo. solo el telegrama.
 #400519  por Dakar
 
Ante todo, lo mas probable es que se haya designado una nueva audiencia, que en caso de volver a producirse la incomparecencia, no se va a cerrar, sino que vas a tener que sortear una nueva.
Si se lleva a cabo la misma, y no llegas a un acuerdo, ahi recien queda expedita la via judicial, por lo general se hacen entre dos o tres audicencias de SECLO.
Para hacer una demanda, basicamente tener que relatar los hechos, formular tu reclamo, invocar testigos y oficiar pruebas a lugares como AFIP, Sindicato al cual pertenecia tu cliente, en tribunales vas a poder conseguir modelos de demandas.
Atte.
 #400846  por MORGAN
 
Si es textual ambos telegramas son deficientes. La manda del empleador diciendo "deberá considerarse despedido" es una cosa de locos.
Pese a ello de esa misiva surge que fue despedido directamente, por lo tanto el trabajador no puede considerarse despedido de nuevo.
Veo que ese un error muy frecuente. Por lo que veo tiene poca antiguedad. Puede pasar que el empleador para no despedir directamente y sin causa, y tener que pagar sin discusión, cualquier causita le viene bien para justificar, o intentarlo, un despido y así negociar y retardar el pago.
 #400891  por ErwinAndreThiago
 
Que me aconsejas morgan, el trabajador ya no trabaja, por lo que vos aportas significaria que debo iniciar demanda por despido indirecto?
 #400919  por MORGAN
 
No, el despido fue directo y el empleador alegó causa, por lo tanto carga con la prueba de sus dichos.
Que el trabajador haya dicho que se consideraba indirectamente despedido luego del despido dispuesto por el empleador es irrelevante.
La demanda es por despido.
 #400930  por ErwinAndreThiago
 
haber si entendi: debo iniciar demanda por despido invocando su CD, y probar que el despido fue por su culpa y no por la del trabajador por lo que la demanda sera por el 245 de la lct NO?
 #400942  por MORGAN
 
La demanda es por despido pero el fondo del reclamo es el cobro de la indemnización porque fue mal despedido. No tenés nada que probar, la carga de la misma la tiene el empleador. Si es como decís que fue, el empleador está frito, que empiece a juntar la plata.