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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #403089  por oske
 
Cuando se percibe un salario menor al salario básico, ej, 800 en lugar de 1400.
Conviene denunciar en el telegrama un salario 800 y agregarle "sin perjuicio que el devengado fuere mayor"?
o directamente denuncio el básico que correspondería?

gracias gente!
 #403119  por martingonzalo29
 
Hola oske mira tenes las dos posivilidades o mencionar lo le corresponderia o no, yo personalemente no hago mencion de lo corresponderia para no entrar en equibocaiones algunos dicen que es mejor no hablar de numeros lo que si podes hacer es mencionar la ley 24013 art. art 9 o 10 que hacen mencion a la sanción en caso de pagar menos de lo fijado por convenio, en conclusion yo no hablaria de numeros, espero haber sido de tu ayuda.
 #403143  por bogatavo
 
Hola, denuncia lo que corresponde por CCT y sus escalas aplicables, ya que no se puede registrar un contrato de trabajo por debajo del mínimo.
En su caso, si te parece, manifesta las diferencias salariales, e intima al pago de las mismas. Personalmente, no lo hago, en definitiva tenes altas probabilidades que te desconozcan relación laboral - salvo que sea un tiempo corto - y probada la relación de trabajo y su jornada, el mínimo inderogable se impone. Claro que la liquidación sin las diferencias salariales, que habría que probar.
Espero te sirva, saludos.